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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 231, jueves 3 de diciembre de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
5162

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 25 de noviembre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan ayudas a la financiación de los gastos destinados para la ejecución de obras en edificios de propiedad municipal en los que funcionan centros docentes dependientes de la Administración educativa (Udalaguntza-2015).

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de las Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la Orden de 25 de noviembre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan ayudas a la financiación de los gastos destinados para la ejecución de obras en edificios de propiedad municipal en los que funcionan centros docentes dependientes de la Administración educativa (Udalaguntza-2015), publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 228, de 30 de noviembre de 2015, se procede a su corrección.

En el artículo 1, punto 2, apartado b) de la página 2015/5104(2/10), donde dice:

«(...) Las que tengan por objeto el cumplimiento del Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general. (...)».

Debe decir:

«(...) Las que tengan por objeto el cumplimiento del Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (...)».

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.


Análisis documental