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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 229, martes 1 de diciembre de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
5123

DECRETO 217/2015, de 24 de noviembre, por el que se declara de interés social a la entidad Aspanogi-Asociación de padres de niños oncológicos de Gipuzkoa.

El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.

El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social.

A su amparo, la entidad Aspanogi-Asociación de padres de niños oncológicos de Gipuzkoa, ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social.

Tal y como informa la Dirección de Servicios Sociales, Aspanogi-Asociación de padres de niños oncológicos de Gipuzkoa, es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1996 y tiene como objeto principal contribuir a mejorar el estado médico, psicológico, asistencial, etc., de los niños con cáncer y sus padres, trabajando para que el desarrollo afectivo de los niños y sus familias sea el más adecuado a sus especiales circunstancias, llevando a cabo así mismo, cualquier actuación que tienda a mejorar su calidad de vida, colaborando al mayor conocimiento de esta enfermedad y sus tratamientos. Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad ininterrumpidamente desde 2010, principalmente en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre, la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero del Departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 24 de noviembre de 2015,

DISPONGO:

Artículo 1.– Declarar de interés social a la entidad Aspanogi-Asociación de padres de niños oncológicos de Gipuzkoa, por considerar que contribuye al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el desarrollo de sus actividades de acción social.

Artículo 2.– Reconocer a la entidad Aspanogi-Asociación de padres de niños oncológicos de Gipuzkoa, los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 24 de noviembre de 2015.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,

ANGEL TARSICIO TOÑA GÜENAGA.


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