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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 175, martes 15 de septiembre de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
3880

RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2015, de la Secretaria General de Acción Exterior por la que se incrementa el importe de la dotación económica destinada a la convocatoria de ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo para el año 2015.

Por Resolución de 28 de abril de 2015, de la Secretaria General de Acción Exterior (Boletín Oficial del País Vasco n.º 79, de 30 de abril de 2015), se convocaron las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo para 2015.

El artículo 2.a) de la citada Resolución establece que la dotación económica para la línea de financiación permanente para ayudas de emergencia y acción humanitaria es de un millón doscientos mil euros.

Por su parte, el párrafo segundo del referido artículo determina que dicho importe podrá ser modificado teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de la convocatoria de otras ayudas y con carácter previo a la resolución de la misma. En tal supuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la citada previsión, esa modificación deberá ser publicada en el Boletín Oficial del País Vasco mediante Resolución de la Secretaria General de Acción Exterior.

Existiendo una dotación complementaria, y habiendo proyectos de emergencia y acción humanitaria pendientes de atender, previa la aprobación del Consejo Rector de la Agencia vasca de Cooperación para el Desarrollo, a través de un acuerdo adoptado en la sesión celebrada el día 21 de julio de 2015

RESUELVO:

Artículo 1.– Incrementar en un dos millones trescientos mil euros el importe previsto en el artículo 1 de la Resolución de 28 de abril de 2015, de la Secretaria General de Acción Exterior, por la que se convocan ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo para el año 2015, pasando de 3.200.000 euros a 5.500.000 euros.

Artículo 2.– Destinar los dos millones trescientos mil euros de incremento a la línea de financiación permanente de ayudas de emergencia y acción humanitaria, recogida en el artículo 2.a) de la Resolución de 28 de abril de 2015, de la Secretaria General de Acción Exterior, cuya dotación económica pasa de 1.200.00 euros a 3.500.000 euros.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la Secretaria General de Acción Exterior, en el plazo de un mes a partir al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.– La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de septiembre de 2015.

La Secretaria General de Acción Exterior,

MARIA ANGELES ELORZA ZUBIRIA.


Análisis documental