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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 161, miércoles 26 de agosto de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE VITORIA-GASTEIZ
3633

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 600/2014.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento pro. ordinario 600/2014 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Vitoria-Gasteiz, a instancia de Marjorie Trujillo Mosquera contra Antonio Jimenez Zaballos sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia n.º 130/2015 que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

FALLO

Se acuerda estimar íntegramente la demanda presentada por la Procuradora D.ª Isabel Gómez Pérez de Mendiola en nombre y representación de D.ª Marjorie Trujillo Mosquera contra D. Antonio Jiménez Zeballos, con los siguientes pronunciamientos:

1.– Se condena al demandado a pagar la totalidad de las deudas contraídas por la actora con la Tesorería General de la Seguridad Social, con la Diputación Foral de Álava y con el propietario arrendador del local y en el orden en que se acaban de enumerar, derivadas de la explotación del negocio denominado bar «Zapardiel de Enfrente» a las que se refiere la presente demanda.

2.– Para el caso de que el demandado no cumpla con el pago de las deudas fijadas, se condena a éste a abonar a la actora la cantidad de 25.949,42 euros, el equivalente a fecha de presentación de la demanda de la deuda derivada del citado negocio, o bien la cantidad que en dicha fecha se adeude si durante el transcurso del procedimiento hubiera variado su importe. Dicha cantidad una vez pagada, deberá quedar depositada en la cuenta de depósitos del Juzgado y será destinada exclusivamente por la demandante al pago de las cantidades necesarias para saldar las deudas existentes derivadas de la explotación del negocio, en el orden señalado en el apartado anterior.

3.– Se condena al demandado al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 0011 0000 04 0600 14, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Antonio Jimenez Zaballos, extiendo y firmo la presente en Vitoria-Gasteiz, a dos de julio de dos mil quince.

EL SECRETARIO.


Análisis documental