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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 78, miércoles 29 de abril de 2015


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE BERGARA
1892

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 268/2014 seguido sobre divorcio contencioso.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Bergara.

Juicio: divor. contenc. 268/2014.

Demandante: Juan Luis Salas Saint Hilaire.

Abogado: Luis Miguel Mateo Criado.

Procurador: Nerea Ariño Delgado.

Demandado: Evelin Yohana Florez Molina.

Sobre: divorcio contencioso.

En el referido juicio se ha dictado Sentencia de fecha 25-03-2015 y Auto de fecha 10-04-2015, en los que el fallo y la parte dispositiva es la siguiente:

«FALLO

Estimo parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Dukiñe Agirrezabala en nombre y representación de Eva Sanchez Gonzalez contra Jonatan Villamor Amayuelas, acordando las siguientes medidas:

El matrimonio constituido por Jonatan Villamor Amayuelas y Eva Sanchez Gonzalez queda disuelto por divorcio. Quedan revocados los poderes que uno de los cónyuges hubiese otorgado al otro, cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos de uno de los cónyuges en el ejercicio de la potestad doméstica y además las medidas siguientes.»:

«PARTE DISPOSITIVA

1.– Se acuerda rectificar la Sentencia n.º 25/2015 dictada en el presente procedimiento con fecha 25-03-2015.

2.– La referida resolución queda definitivamente redactada en el particular señalado en los antecedentes, de la siguiente forma:

FALLO

Estimo parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Nerea Ariño Delgado, en nombre y representación de Juan Luis Salas Saint Hilaire contra Evelin Yohana Florez Molina, acordando las siguientes medidas:

El matrimonio constituido por Juan Luis Salas Saint Hilaire y Evelin Yohana Florez Molina queda disuelto por divorcio. Quedan revocados los poderes que uno de los cónyuges hubiese otorgado al otro, cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos de uno de los cónyuges en el ejercicio de la potestad doméstica y además las medidas siguientes.»

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos principales».

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Evelin Yohana Florez Molina y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar las citadas resoluciones por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de Apelación.

El texto completo de las resoluciones que se notifican están a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bergara (Gipuzkoa), a 13 de abril de 2015.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


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