Egoitza elektronikoa

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 29, miércoles 12 de febrero de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4 DE BILBAO
656

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 272/13.

Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Bilbao.

Juicio: juicio verbal L2 272/13.

Demandante: Daniel Maria Ortega Extremiana.

Abogado: Miguel Angel Bravo Ruiz.

Procurador: Bravo.

Demandado: Fermin Montes Zalama y Nerea Hernando.

Sobre: juicio verbal.

En el referido juicio se ha dictado, el 11-10-2013, Sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

«SENTENCIA N.º 171/13

Juez que la dicta: D.ª Covadonga Gonzalez Rodriguez.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: once de octubre de dos mil trece.

Parte demandante: Daniel Maria Ortega Extremiana.

Abogado: Miguel Angel Bravo Ruiz.

Procurador: Ricardo Bravo Blazquez.

Parte demandada: Fermin Montes Zalama y Nerea Hernando.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: culpa extracontractual.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Ricardo Bravo Blázquez en nombre y representación de D. Daniel Maria Ortega Extremiana contra D. Fermín Montes Zalama y D.ª Nerea Hernando, debo condenar y condeno a los citados demandados a que abonen, con carácter solidario, a la parte actora las siguientes cantidades:

a) la cantidad de 2.884,74 euros;

b) el interés legal incrementado en dos puntos de la cantidad citada en el apartado anterior que se devengue desde la fecha de esta resolución; y

c) las costas del juicio.

La presente Resolución es firme conforme a lo dispuesto en el artículo 455.1 de la LEC en su nueva redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Fermin Montes Zalama y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 28 de enero de 2014.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental