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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 81, miércoles 28 de octubre de 1981


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Disposiciones Generales del País Vasco

Política Territorial y Obras Públicas
854

ORDEN 7/1981, de 30 de Setiembre, por la que se crea la Comisión para el estudio de alternativas de infraestructura viaria en la margen derecha de la Ría de Bilbao complementarias de la solución de Ugaldebieta.

Ilmo. Sr.

El análisis de las posibles alternativas de infraestructura viaria en la margen derecha requiere una visión global y un tratamiento integral de la problemática concurrente en el mencionado espacio territorial.

Por todo ello resulta necesaria la creación de un órgano que mediante un tratamiento unitario de la información y una función de coordinación de las distintas alternativas aplicables a los sistemas generales de comunicación viaria, atendiendo a sus características propias y a que su ámbito de implantación e incidencia rebasa el propio de un término municipal, posibilite la obtención de los elementos necesarios para fundamentar las decisiones y acciones que la Administración debe adoptar y emprender en esta materia.

En su virtud, y de conformidad con la Disposición Final Segunda del

Decreto 1980, de 12 de Mayo, de estructura orgánica del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, y Disposición Final Primera del Decreto 60/1981, de 6 de Abril, este Departamento ha dispuesto lo siguiente:

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Artículo primero.- Bajo la inmediata dependencia de la Viceconsejería de Ordenación Territorial, Urbanismo y Vivienda se crea la Comisión para el estudio de alternativas de infraestructura viaria en la margen derecha de la Ría de Bilbao cuya misión será analizar y proponer las medidas necesarias para asegurar una eficaz coordinación en las decisiones que adopten o en las actuaciones que se emprendan por el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, en cuanto se refiera a la ordenación viaria de la margen derecha de la

Ría de Bilbao.

Artículo segundo.- Formarán parte de dicha Comisión el Director de

Carreteras, un representante con categoría de Director dependiente de la Viceconsejería de Ordenación Territorial, Urbanismo y Vivienda y designado por el Viceconsejero titular de la misma y un representante de la Viceconsejería del Medio Ambiente designado por el

Viceconsejero titular de la misma.

Artículo tercero.- La Comisión para el estudio de alternativas de infraestructura viaria en la margen derecha de la Ría de Bilbao complementarias de la solución Ugaldebieta, tendrá atribuidas las siguientes competencias:

a) Proponer al Consejero del Departamento de Política Territorial y

Obras Públicas, en base a los estudios que la misma realice, las directrices y criterios generales relativos a la ordenación viaria de la margen derecha de la Ría de Bilbao.

b) Proponer al Consejero del Departamento de Política Territorial y

Obras Públicas el programa de inversiones públicas relativas a la infraestructura viaria a realizar en dicho ámbito

c) Proponer al Consejero del Departamento de Política Territorial y

Obras Públicas en relación con las actuaciones a emprender por el

Departamento, los criterios que establezcan un plan de prioridades en aquéllas.

e) Evacuar cuantas consultas e informes sobre asuntos de su competencia les sean solicitadas por cualquiera de los Departamentos del Gobierno Vasco, Corporaciones Locales, Cámaras Oficiales y,

Colegios Profesionales.

Artículo cuarto.- Para llevar a cabo las tareas encomendadas en el artículo anterior, la Comisión a través del Viceconsejero de

Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda podrá recabar de los diferentes servicios adscritos al Departamento la realización de estudios técnicos, económicos, jurídicos o administrativos que en cada caso se requieran. Asimismo se podrán constituir ponencias especializadas de carácter técnico para el estudio de temas concretos, de las que a requerimiento del Viceconsejero de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, formarán parte junto con los miembros de la Comisión que él designe los representantes designados por Corporaciones Locales, Cámaras Oficiales y Colegios profesionales así como aquellas otras personas que por su experiencia y conocimientos en la materia resulte aconsejable su colaboración.

DISPOSICION FINAL

La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Vitoria-Gasteiz, a 22 de Setiembre de 1981.

El Consejero de Política Territorial y Obras Públicas,

JAVIER LASAGABASTER ETXARRI.

ILMO. SR. VICECONSEJERO DE ORDENACION TERRITORIAL, URBANISMO Y VIVIENDA.


Análisis documental