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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 146, viernes 29 de julio de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
3455

ORDEN de 18 de julio de 2022, del Consejero de Educación, por la que se autoriza el inicio de actividades de la Universidad Euneiz.

La universidad privada Euneiz fue reconocida por la Ley 8/2021, de 11 de noviembre, de reconocimiento de Euneiz como universidad privada de la Comunidad Autónoma del País Vasco y publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) n.º 232, con fecha 22 de noviembre de 2021.

Tal y como se recoge en la exposición de motivos de dicha Ley, el compromiso de la Universidad Euneiz es ofrecer una educación superior universitaria que:

– Promueva el crecimiento y desarrollo económico y social mediante graduados y graduadas preparados para la nueva economía global, como ciudadanos y ciudadanas del mundo capaces de influir de forma positiva en su contexto, a través de una formación de vanguardia apoyada en las tecnologías de la información y la comunicación como medio formativo diferencial y en la práctica profesional intensiva como instrumento.

– Apoye la creación sostenible de riqueza local y atraiga capital del exterior a través de una estrategia de investigación aplicada transformadora, proyectos innovadores de cooperación y desarrollo, y promoción del capital humano de la institución y de nuestro país a nivel internacional aprovechando el espacio que promueven las nuevas tecnologías.

– Fomente la internacionalización de las estudiantes y los estudiantes, docentes e investigadoras e investigadores de la universidad.

– Colabore en la internacionalización de toda la oferta educativa de Euskadi.

– Desarrolle y retenga capital intelectual con relación a la migración y la movilidad profesional internacional, atrayendo iniciativas de innovación y emprendimiento hacia Vitoria-Gasteiz y Euskadi mediante el trabajo de las estudiantes y los estudiantes.

Para poder constituir la Universidad Euneiz, la entidad promotora Eusteiz, S.A. ha acreditado el cumplimiento de los requisitos que exige la normativa, si bien su materialización efectiva no se completará hasta la obtención de la autorización del inicio de actividades, tal y como se exige con carácter general por los artículos 4.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, los artículos 62 y 109.3 de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco y, más particularmente por el artículo 3 de la anteriormente citada Ley 8/2021, así como por el artículo 11 del RD 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios.

Del conjunto de esta normativa, cabe concluir en primer lugar que la autorización del inicio de las actividades de la Universidad Euneiz corresponde al Departamento de Educación del Gobierno Vasco, en calidad de órgano competente de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en donde radican las instalaciones de la futura universidad.

En segundo lugar, el procedimiento para su puesta en funcionamiento se iniciará a solicitud de los promotores de la universidad Euneiz en el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la ley de reconocimiento. En este sentido, con fecha 8 de marzo de 2022, Eusteiz, S.A. ha presentado ante la Dirección de Política y Coordinación Universitaria del Departamento de Educación del Gobierno Vasco la solicitud oficial de inicio de actividades junto con la documentación estipulada, ajustándose a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En tercer lugar, el procedimiento de inicio de actividades será acordado por Orden del Consejero del Departamento de Educación, en el plazo máximo de seis meses desde la solicitud de autorización. En dicho plazo, la Universidad Euneiz deberá haber obtenido la verificación de los títulos con los que pretenda iniciar su actividad y haber acreditado asimismo el cumplimiento de los requisitos legalmente exigidos, tanto los de índole personal, como los materiales o los referidos a la oferta formativa.

En cuarto lugar, el inicio de actividades de la Universidad Euneiz se otorgará, previa constitución de las garantías necesarias para asegurar el funcionamiento y desarrollo de la universidad, al menos durante el periodo de tiempo necesario para que los alumnos y alumnas que hubieran iniciado sus estudios en ella, con un aprovechamiento académico normal, puedan finalizarlos.

La Agencia Vasca de Calidad del Sistema Universitario Vasco-Unibasq, en el proceso de verificación de las titulaciones, ha emitido un informe favorable de las siguientes titulaciones:

– Grado en Ciencias Actividad Física y Deporte;

– Grado en Fisioterapia;

– Grado en Multimedia;

– Grado en Producción de Música y Sonido para la Industria del Entretenimiento.

La Viceconsejería de Universidades e Investigación ha comprobado que en los informes de verificación de las titulaciones se recoge la información necesaria sobre los recursos propios que dispone la Universidad Euneiz que garantizan el desempeño adecuado de sus funciones, que se cumplen los requisitos básicos para garantizar la calidad de la docencia y la investigación y los límites de admisión de alumnado, así como que su implantación y desarrollo se realizará en el contexto de los objetivos del Sistema Universitario Vasco.

Asimismo, en dichos informes de verificación de las titulaciones se recoge que la Universidad Euneiz cuenta con las garantías necesarias para asegurar el funcionamiento y desarrollo de la universidad y cada uno de sus centros, al menos durante el periodo de tiempo necesario para que los alumnos y alumnas que hubieran iniciado sus estudios en ella, con un aprovechamiento académico normal, puedan finalizarlos, así como para hacer frente a los compromisos de la universidad y sus promotores respecto de las personas integrantes de su comunidad universitaria.

Por todo ello, se estima autorizar, con efectos desde el curso académico 2022-2023, el inicio de actividades de la Universidad Euneiz y de los centros integrados en la misma.

Vista pues, la citada solicitud, teniendo en cuenta que se han cumplido los requisitos recogidos en la normativa vigente, y habiéndose emitido los correspondientes informes de verificación por parte de Unibasq y los informes preceptivos por parte del Departamento de Educación,

DISPONGO:

Autorizar, con efectos desde el curso académico 2022-2023, el inicio de actividades de la Universidad Euneiz y de los centros integrados en la misma, sujeta a los trámites que deban llevarse a cabo en el contexto de la Administración General de Estado antes del inicio de actividades.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de julio de 2022.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.


Análisis documental