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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 46, viernes 4 de marzo de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
1061

ORDEN de 25 de febrero de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se amplía el plazo para inscribirse en el procedimiento de adjudicación en régimen de arrendamiento, de 42 viviendas de protección oficial, en el municipio de Legutio, en Ibarra (sector SR1).

ANTECEDENTES

Primero.– El 14 de febrero de 2022 se publicó, en el Boletín Oficial del País Vasco, la Orden de 31 de enero de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes por la que se inicia el procedimiento de adjudicación en régimen de arrendamiento, de 42 viviendas de protección oficial, en el municipio de Legutio, en Ibarra (sector SR1).

El plazo para inscribirse en el procedimiento comenzó 15 de febrero de 2022 y finaliza el 28 de febrero de 2022.

Segundo.– en la Orden mencionada se dice en el resuelvo tercero que «Pueden participar en este procedimiento de adjudicación quienes, a la fecha de publicación de la presente Orden, estén inscritas en el Registro de Solicitantes de Vivienda y cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar de alta como demandante de vivienda en alquiler en el Registro de Solicitantes de Vivienda en uno de los municipios del área funcional de Álava Central (Alegria-Dulantzi, Añana, Armiñón, Arraia-Maeztu, Arratzua-Ubarrundia, Asparrena, Barrundia, Berantevilla, Bernedo, Campezo, Elburgo, Iruña de Oca, Iruraiz-Gauna, Kuartango, Lagrán, Lantarón, Legutio, Otxandio, Peñacerrada-Urizaharra, Ribera Alta, Ribera Baja, Salvatierra, San Millán, Ubide, Urkabustaiz, Valdegovía, Valle de Arana, Vitoria-Gasteiz, Zalduondo, Zambrana, Zigoitia y Zuia, Sierra Brava de Badaya y Parzonería de Entzia)».

Y se añade que «En aplicación del convenio de colaboración firmado entre el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Legutio mencionado en el Antecedente Tercero, tendrán prioridad para la asignación de viviendas los participantes que estén empadronados, al menos una de las personas titulares de la solicitud, en el municipio de Legutio con una antigüedad de 2 años ininterrumpidamente a la fecha de publicación de la presente Orden».

Tercero.– Por cuestiones de carácter técnico no todas las personas del área funcional de Álava Central han tenido la oportunidad de inscribirse al procedimiento de adjudicación de las viviendas de esta promoción de 42 viviendas en Ibarra, en Legutio.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes es competente para dictar la presente Orden, en virtud de lo establecido en el artículo 12 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre Régimen Jurídico de Viviendas de Protección Pública y Medidas Financieras en Materia de Vivienda y Suelo, en relación con el artículo 48 de la Orden de 15 de octubre de 2012 del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del Registro de Solicitantes de Vivienda y de los Procedimientos para la Adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y Alojamientos Dotacionales de Régimen Autonómico.

Segundo.– El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de plazos no vencidos, debiendo publicar en sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.

En el presente procedimiento, debido a cuestiones técnicas que ya se han solucionado ha habido personas interesadas que no han podido inscribirse. Por lo tanto, es necesario ampliar el plazo hasta el próximo 11 de marzo de 2022. Dicha ampliación se publicará en la sede electrónica y en la página web de Etxebide.

A la vista de los preceptos legales señalados y demás normativa de general y concordante aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Ampliar el plazo del presente procedimiento hasta el 11 de marzo de 2022 para para que las personas que cumplan los requisitos establecidos en la Orden mencionada y en el resto de normativa aplicable, y estén interesadas en participar en el procedimiento de adjudicación puedan presentar la solicitud correspondiente mediante alguno de estos medios:

– Presencialmente: en Zuzenean (con cita previa), calle Ramiro de Maeztu 10, 01008 Gasteiz, Araba.

– Por correo postal: en la Delegación Territorial de Vivienda de Álava, calle Samaniego 2, 1.º, 01008 Vitoria-Gasteiz- Araba.

– Telemáticamente: en http://www.etxebide.euskadi.eus

Segundo.– Contra la presente Orden puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Orden surtirá plenos efectos desde las 00:00 horas del día 1 de marzo de 2022.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de febrero de 2022.

El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.


Análisis documental