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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 6, martes 11 de enero de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
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RESOLUCIÓN de 4 de enero de 2022, del Director de HABE, por la que se modifica el número de alumnos o alumnas mínimo por grupo al inicio de los cursos, que los euskaltegis de los ayuntamientos o de las entidades de ellos dependientes, euskaltegis públicos de titularidad municipal, deben tener para ser objeto de subvención en el curso 2021-2022, en función del tamaño de la localidad en la que esté ubicado.

Para adaptarse a la nueva normalidad, mediante resolución de 18 de octubre de 2021 se modificó el número de alumnos o alumnas mínimo por grupo al inicio de los cursos, que los euskaltegis de los ayuntamientos o de las entidades de ellos dependientes deben tener para ser objeto de subvención en el curso 2021-2022, en función del tamaño de la localidad en la que esté ubicado, para aquellos grupos que se iniciaran a partir del 1 de noviembre de 2021.

(Véase el .PDF)

Según datos oficiales, la situación, lejos de mejorar, ha empeorado y mediante Decreto 44/2021, de 2 de diciembre de 2021, del Lehendakari, se ha declarado de nuevo la situación de emergencia sanitaria en Euskadi, derivada de la pandemia de COVID-19 (BOPV, 3 de diciembre de 2021). Según lo establecido en los artículos 7 y 34 de la Ley 2/2021 de 24 de junio, de medidas para la gestión de la pandemia de COVID-19 (publicado en BOE 15 de julio de 2021), Euskadi se ha situado en el nivel de alerta 5, con un nivel de contagio muy alto.

Según informe de 27 de diciembre de 2021 realizado por los servicios jurídicos de HABE, el peligro de contagio en recintos cerrados es evidente y, por tanto, es una medida proporcionada la de reducir el aforo de las clases para poder ofrecer los servicios de aprendizaje del euskera de manera responsable y en condiciones sanitarias adecuadas.

Por tanto,

RESUELVO:

Primero.– Reinstaurar el número de alumnos o alumnas mínimo por grupo establecido en la letra j) del apartado 2.2. de la Base 2 del Anexo I de la Resolución de 8 de septiembre de 2021, esto es, el número de alumnos o alumnas mínimo por grupo al inicio de cada curso, que los euskaltegis públicos de titularidad municipal deben tener para ser objeto de subvención en el curso 2021-2022, en función del tamaño de la localidad en la que esté ubicado, para aquellos grupos que se inicien con posterioridad al 10 de enero de 2022:

(Véase el .PDF)

Segundo.– Comunicar a las personas interesadas que contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Donostia / San Sebastián, a 4 de enero de 2022.

El Director de HABE,

JOKIN AZKUE ARRASTOA.


Análisis documental