N.º 255, jueves 23 de diciembre de 2021
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Cursos de formación y perfeccionamiento
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
6379
RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2021, de la Viceconsejera de Educación, por la que se nombran los tribunales examinadores territoriales de perfiles lingüísticos de educación.
La Orden de 10 de enero de 1994, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación en su artículo 12.º señala que la aplicación y valoración de las pruebas de perfiles lingüísticos de educación corresponderá a los tribunales examinadores. La presente Resolución tiene por objeto el nombramiento de dichos tribunales examinadores.
Por todo ello
DISPONGO:
Artículo 1.– Es objeto de la presente Resolución nombrar las personas que componen los tribunales para las pruebas de acreditación de los perfiles lingüísticos de educación, tanto para las convocatorias libres como para las restringidas.
Artículo 2.– El tribunal examinador de Álava estará compuesto por las siguientes personas:
Esparta Diez, Asier
Garikano Iruretagoiena, Asun
Gonzalez Gomez, Olaia
Iztueta Azurmendi, Ibai
Lakarra Andrinua, Ander
Ochoa Alonso, Aitziber
Ruiz de Azua Ormaza, Urtzi
Santamaría Martin, Sara
Sarasketa Goienola, Ane
Sobrino Lopez, Maialen
Yarritu Azpitarte, Zuriñe
Artículo 3.– El tribunal examinador de Bizkaia estará compuesto por las siguientes personas:
Agirre Etxebarria, Hodei
Aldekoa-Otalora Agirre, Alex
Angulo Baron, Amaia
Arenaza Alvarez, Sabin
Aristondo Barreras, Iñaki
Aristondo Barreras, Itziar
Ariztimuño Gutierrez, Gotzone
Astorkitza Iruretagoiena, Iñaki
Bartra Arena, Oihana
Bergara Aretxabaleta, Amaia
Duoandikoetxea Zuazo, Joseba Andoni
Elorriaga Ayesta, Amaia
Erdozia Leturia, Olatz
Ereño Argiarro, Begoña
Estebas Leon, Susana
Galarraga Zuazo, Ageda
Guijarrubia Garcia, Nerea
Iriondo Aristondo, Amaia
Ituarte Zarragoikoetxea, Maria Elisa
Iturrioz Rubio, Pedro
Lasa Barandiaran, Jose Ignacio
Legarreta Legarreta, Asier
Macho Aguillo, M. Gemma
Madariaga Malaxetxebarria, Sabino
Olano Goti, Karmele
Ortiz de Pinedo Rojas, Aitor
Ramos Villanueva, Gregorio
Ruiz de Eguino Begoña, Maite
Sarria Alvarez, Sandor
Sanjuan Manso, Enara
Txabarri Lopategi, Imanol
Zarate Goriostiola, Gorka
Artículo 4.– El tribunal examinador de Gipuzkoa estará compuesto por las siguientes personas:
Agirreazaldegi Rekondo, Ainhoa
Aranburu Mujika, Pello
Arratibel Zeberio, Irati
Arrieta Zubillaga, Lorea
Arrigain Azkona, Isabel
Artola Azkue, Amaia
Casais Alkorta, Nora
Delgado Rozas, Josu
Elorza Pombar, Idoia
Ezenarro Arrate, Amaia
Ibero Urbieta, Idoia
Iturbe Jauregi, Ana
Izagirre Olaizola, Elixabete
Laskurain Ibarluzea, Sorkunde
Osinalde Vidal, Asier
Orbegozo Zigaran, Mireia
Serrano Lasa, Asier
Ugartemendia Otxoa de Alaiza, Olatz
Artículo 5.– Adicionalmente, aquellos/as profesores/as que, con posterioridad a esta Resolución, se incorporen a prestar sus servicios en los centros Irale estarán igualmente habilitados/as para realizar las funciones de las personas que componen los tribunales de Perfiles Lingüísticos de Educación.
Artículo 6.– Los tribunales territoriales a que se hace referencia en los artículos 2, 3 y 4 de esta Resolución son nombrados para un periodo de 2 años a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Este nombramiento podrá ser prorrogado. Una vez que expire dicho plazo, las personas examinadoras seguirán formando parte del tribunal de manera provisional hasta que se produzca la designación de los nuevos tribunales.
Artículo 7.– El/la presidente/a del tribunal coordinador podrá asignar ciertas personas de un tribunal territorial a otro.
Artículo 8.– Las personas que componen los tribunales examinadores mantendrán la preceptiva reserva sobre las actividades del tribunal y no informarán a terceros sobre aspectos internos relacionados con el examen (elaboración, materiales, corrección, calificación etc). El incumplimiento de este artículo se considerará falta grave.
Artículo 9.– Se faculta a los/las tres presidentes/as de los tribunales territoriales para que distribuyan, según los criterios fijados por el Tribunal Coordinador, el trabajo a realizar entre las distintas personas que componen los tribunales.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 14 de diciembre de 2021.
La Viceconsejera de Educación,
MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.