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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 233, martes 23 de noviembre de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
5930

ORDEN de 29 de septiembre de 2021, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscriben en el Registro de Fundaciones del País Vasco los acuerdos de extinción y liquidación de la fundación denominada Fundación Beistegui Hermanos.

El 26 de marzo de 2021 y el 26 de julio de 2021 han tenido entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, del acuerdo de extinción y liquidación de la fundación denominada Fundación Beistegui Hermanos, adoptado por el patronato de la fundación el 15 de diciembre de 2020, ratificado por el Protectorado de Fundaciones del País Vasco mediante Resolución de 2 de junio de 2021 de la Directora de Relaciones con las Administraciones Públicas y Registros Administrativos, y elevado a público mediante escritura de 15 de julio de 2021 otorgada en Vitoria-Gasteiz, ante el Notario don Luis Pérez de Lazárraga Villanueva (número de protocolo 1.092). Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Procede la acumulación de las solicitudes de inscripción de extinción y liquidación interesadas por la fundación por versar sobre actos sucesivos y consecuentes cuya resolución depende del mismo órgano administrativo, de conformidad con lo estabecido en el artículo 57 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Corresponde a la Consejera De Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, en el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y en el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 40, 41 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y en los artículos 48 y 49 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.

RESUELVO:

Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco los acuerdos de extinción y liquidación de la fundación denominada Fundación Beistegui Hermanos, con la fecha la presente Orden, en los términos previstos en la escritura de extinción y liquidación otorgada en Vitoria- Gasteiz, ante el Notario don Luis Pérez de Lazárraga Villanueva el 15 de julio de 2021 (número de protocolo 1.092).

Segundo.– Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco del acuerdo de extinción y liquidación mencionado anteriormente y el cierre de su hoja registral.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de septiembre de 2021.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental