Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 193, lunes 27 de septiembre de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
4918

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2021, del Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, por la que se somete a audiencia e información pública el Proyecto de Decreto de la cualificación de las y los profesionales en el ámbito de la seguridad industrial.

Por medio de Orden suscrita los días 5 y 11 de noviembre de 2020 por la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente y el Consejero de Educación se acordó el inicio del procedimiento de elaboración del Proyecto de Decreto de la cualificación de las y los profesionales en el ámbito de la seguridad industrial y su sustanciación conforme a la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general y al resto de normativa que resultase de observancia.

Según prescribe el artículo 8.1 de la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general y así reflejó el contenido dispositivo de la referida Orden de inicio, las disposiciones que afecten a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y ciudadanas serán objeto de trámite de audiencia, como también habrán de serlo aquellas cuya naturaleza lo aconseje. El apartado segundo de dicho precepto, por su parte, prevé que dicha audiencia podrá realizarse «directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que agrupen o representen a los ciudadanos afectados y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición».

De conformidad con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, «cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Asimismo, podrá también recabarse directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto».

En observancia de los preceptos referidos, la Orden de iniciación del procedimiento de elaboración del Proyecto de Decreto consideró que procedía abrir un trámite de audiencia e información pública para garantizar la máxima participación de los agentes sociales interesados en la norma en tramitación.

En atención a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, y con lo dispuesto en el Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.– Someter a audiencia e información pública el Proyecto de Decreto de la cualificación de las y los profesionales en el ámbito de la seguridad industrial por un periodo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, el texto del Proyecto de Decreto se hallará disponible en formato físico en la Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, sita en Vitoria-Gasteiz (c/ Donostia-San Sebastián, 1, Lakua I, Edificio O, 5.ª Planta Zona F) y en formato electrónico en la sede electrónica del Gobierno Vasco (www.euskadi.eus) y en la página web del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Se emplazará igualmente a las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que agrupen o representen a los ciudadanos afectados y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición.

Segundo.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 6 de septiembre de 2021.

El Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial,

ZIGOR URquIAGA URQUIZA.


Análisis documental