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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 132, martes 6 de julio de 2021


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
3846

RESOLUCIÓN 244/2021, de 17 de junio, del Director Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Barakaldo-Sestao, por la que se convoca la provisión, mediante libre designación, de un puesto de Jefe/a de Unidad de atención primaria del Centro de Salud de Markonzaga en la Organización Sanitaria Integrada Barakaldo-Sestao de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Encontrándose vacante el puesto de Jefe/a de Unidad de Atención Primaria del centro de Salud de Markonzaga en la Organización Sanitaria Integrada Barakaldo-Sestao, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997 de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza, en el Decreto 255/1997 de 11 de noviembre, esta Dirección Gerencia acuerda anunciar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de libre designación y el Decreto 100/2018, de 3 de julio, de las organizaciones sanitarias integradas del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud, con arreglo a las siguientes

BASES

1.– Requisitos de participación.

Podrán participar en esta convocatoria quienes acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Ser estatutario, funcionario o laboral fijo en cualquier organización de servicios de Osakidetza, y tener plaza en propiedad en el grupo profesional A1/B1.

b) Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones:

b.1.– Licenciatura en Medicina y Cirugía, con la especialidad en Medicina Familiar y Comunitaria o alguno de los títulos, certificados o diplomas establecidos para el ejercicio de las funciones de Médico de Medicina General, de conformidad con lo previsto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza, o bien con la especialidad en Pediatría.

b.2.– Titulación de ATS o Diplomatura universitaria en Enfermería, o la titulación de Grado en Enfermería, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza.

c) Perfil lingüístico 2, sin fecha de preceptividad.

d) Experiencia profesional mínima de 4 años de experiencia en el desempeño de tareas propias de los Grupos A1/B1.

2.– Méritos a considerar.

– Se valorará la Memoria-Proyecto de Gestión de la Unidad de Atención Primaria de que se trate.

Se podrán aportar cuantos méritos se consideren de interés y añadan valor al desempeño de este puesto de trabajo.

3.– Conocimientos de Euskera.

Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en sus normas de desarrollo.

4.– Plazo y presentación de solicitudes.

Los/as interesados/as dirigirán sus solicitudes a la Dirección de Personas de la Organización Sanitaria Integrada Barakaldo-Sestao (Avenida Antonio Miranda, 5, 48902 Barakaldo) de Osakidetza-Servicio vasco de salud, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOPV. También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los/as interesados/as deberán dirigir la solicitud con todos sus datos personales, acompañada de Curriculum Vitae documentado a la Dirección de Personas de la Organización Sanitaria Integrada Barakaldo-Sestao (Avenida Antonio Miranda, 5, 48902 Barakaldo). La documentación deberá tener la siguiente forma:

– Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.

– Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o, en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.

– Fotocopia compulsada de la documentación que acredite el cumplimiento de requisitos.

– Memoria-Proyecto de la Unidad de Atención Primaria.

No será preciso acreditar en la forma indicada en el párrafo anterior aquellos extremos que consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud que realice el aspirante.

5.– Comisión de Valoración.

Se constituirá una Comisión para la valoración de las solicitudes presentadas, que se notificará a los aspirantes.

Efectuada la valoración de los aspirantes, y a la vista de la misma, se elevará propuesta a fin de formalizar el oportuno nombramiento. El tribunal podrá, previo informe motivado, proponer la declaración de desierta en caso de que los aspirantes no reúnan las condiciones exigidas.

Se levantará acta de cada sesión de la Comisión. En la misma constarán los aspirantes presentados, así como los motivos tenidos en cuenta para la asignación del puesto a uno de ellos o, en su caso, para declarar desierta la convocatoria.

6.– Procedimiento de selección.

En ningún caso podrán considerarse méritos que no se ostenten a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOPV, ni tampoco los que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

Efectuada la valoración de los aspirantes, y a la vista de la misma, se elevará propuesta a fin de formalizar la oportuna asignación de funciones. La Comisión podrá, previo informe motivado, proponer la declaración de desierta en caso de que los aspirantes no reúnan las condiciones exigidas.

7.– Resolución que pone fin al procedimiento.

La finalización del procedimiento que aquí se inicia (asignación del puesto o declaración de desierta) se llevará a cabo mediante Resolución del Director Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Barakaldo-Sestao, que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco, así como en la intranet y la página web corporativa de Osakidetza.

Dicha Resolución surtirá efectos desde la fecha de publicación en el BOPV, salvo que en ella se disponga otra cosa.

8.– Recursos contra la presente Resolución.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Barakaldo, a 17 de junio de 2021.

El Director Gerente de la OSI Barakaldo-Sestao,

JOSEBA JULEN BALLESTERO ZARRAGA.


Análisis documental