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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 126, lunes 28 de junio de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
3684

RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2021, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se somete a información pública el «Estudio Informativo de la estación de intercambio de Riberas de Loiola».

Con el objetivo de potenciar el transporte público y promover un trasvase de usuarios del vehículo privado al transporte público en el área de Donostialdea, se ha procedido a definir las actuaciones necesarias para convertir las líneas ferroviarias existentes en un sistema de Metro de altas prestaciones.

Con estas premisas, el Estudio Informativo del Metro de Donostia / San Sebastián, cuya redacción fue adjudicada con fecha 27 de octubre de 2010, consta de varios estudios independientes:

– Estudio de funcionalidad y de demanda del Metro de Donostia / San Sebastián.

– Estudio Informativo del tramo Lugaritz-Anoeta.

– Estudio Informativo del Intercambiador de Riberas de Loiola.

– Estudio Informativo del tramo Irun-Hondarribia.

Han transcurrido diez años desde la redacción del Estudio Informativo del Intercambiador de Riberas de Loiola. Durante ese tiempo, ha habido diversas modificaciones y revisiones de la normativa, se han puesto en servicio nuevas infraestructuras (Tramo Loiola-Herrera y nueva Estación de Intxaurrondo) y se han licitado otras (Variante soterrada del Topo). Por todo ello, se hace preciso revisar el estudio considerando todos los nuevos aspectos.

El objeto del Estudio Informativo que se somete a información pública mediante la presente Resolución es la definición del Intercambiador de Riberas de Loiola que permite la conexión entre la Línea E-2 Lasarte-Hendaia de ETS y la línea C-1 de Cercanías de ADIF.

El ámbito de la actuación del Estudio Informativo se sitúa en el sureste de Donostia / San Sebastián, en el cruce de la línea de Euskotren sobre la línea de ADIF en la zona residencial denominada Riberas del Loiola, sobre la margen exterior del Paseo de Zorroaga, en el extremo este del barrio de Amara Berri y al sur del nuevo desarrollo de Riberas de Loiola.

En la situación actual, la línea de Euskotren E2 Lasarte-Hendaia, que discurre de sur a norte, se sitúa paralela al paseo de Zorroaga, cruza perpendicularmente sobre la línea de C1 de ADIF que discurre de este a oeste, dentro de la zona residencial denominada Riberas de Loiola, no existiendo estación, ni apeadero en ninguna de las dos líneas ferroviarias.

De esta forma, dada la lejanía de las estaciones más próximas (Estación de Anoeta y Loiola en la línea de Euskotren y Apeadero de Loiola en la línea de ADIF), no es posible una función intercambiadora entre las dos líneas.

Esta nueva infraestructura se sitúa en la vertical del cruce de la actual línea férrea de Euskotren y la línea de cercanías C1 de ADIF y en paralelo a esta última, en el límite sur la Autovía del Urumea.

La construcción de una nueva estación en Riberas de Loiola da cobertura a dos modos de transporte: metro y cercanías ADIF. Riberas de Loiola se considera el principal punto crítico para un adecuado intercambio metropolitano, por cuanto la posibilidad de realizar los transbordos en dicha zona permite acercar a la nueva línea de Metro barrios como Egia o Gros.

Para la ejecución del Intercambiador se realiza un edificio de viajeros con dos andenes laterales, que obliga a desplazar las actuales vías de ETS hacia el este y también desplazar el Paseo de Zorroaga hacia el oeste para hacer hueco a dicho edificio.

Se trata de una estación en superficie, lo cual le confiere un carácter simbólico de cierta importancia. Incluye, también, la cobertura del 50 % de las vías de ADIF a lo largo de sus nuevos andenes con el fin de dotar de luz y ventilación a la estación y de un acceso directo a los mismos por la Avenida de Barcelona que se ejecutará en una segunda fase, en función de la evolución de la demanda del Intercambiador.

Una vez se complete el intercambiador, el conjunto de la estación estará compuesto por dos partes claramente diferenciadas: por un lado, en superficie, los andenes e instalaciones correspondientes a Euskotren, y, por otro, enterrados, los andenes e instalaciones del ferrocarril de cercanías de ADIF, y, entre ambas partes, se deberán disponer los correspondientes corredores, distribuidores y escaleras de comunicación. En el Proyecto Constructivo deberán analizarse y definirse las salidas de emergencia necesarias para la correcta evacuación de los andenes.

Se ha determinado un plazo de ejecución de las obras de treinta y seis (36) meses.

El presupuesto base de licitación, IVA incluido, es de treinta y nueve millones cuatrocientos veintisiete mil ochocientos veintiún euros con sesenta y cinco céntimos (39.427.821,65). El presupuesto de la obra completa, para conocimiento de la Administración, IVA incluido, asciende a la cantidad de treinta y nueve millones cuatrocientos setenta y ocho mil ciento sesenta y cinco euros con treinta céntimos (39.478.165,30).

De acuerdo al artículo 10.2 del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario, el Estudio Informativo está correctamente redactado y cumple todos los requisitos y prescripciones legales y reglamentarias para permitir practicar la información pública correspondiente, antes de su aprobación definitiva.

Este órgano es competente para la redacción, supervisión y aprobación técnica de proyectos de obras de infraestructuras del transporte competencia del Departamento, según lo dispuesto en el artículo 16.2.b) del Decreto 11/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

El artículo 10.5 del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario, establece que, previamente a su aprobación definitiva, el Estudio Informativo deberá quedar sometido a información pública durante un periodo de treinta días hábiles al objeto de que puedan formularse alegaciones sobre la concepción global de su trazado, en la medida en que afecte al interés general.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Someter al trámite de información pública el «Estudio Informativo de la estación de intercambio de Riberas de Loiola», al objeto de que, durante el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación de la presente Resolución, puedan formularse cuantas alegaciones se estimen oportunas por corporaciones, asociaciones y particulares, en relación con su contenido, con las circunstancias que justifican la declaración de interés general y la concepción global del trazado.

Durante el referido plazo, el Estudio Informativo estará a disposición del público, para su examen, en la Dirección de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes (Donostia / San Sebastián, 1 – Lakua 1, 01010 Vitoria-Gasteiz), en el Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián y en la página web de internet www.euskadi.eus, en el apartado de Información Pública de Proyectos del apartado de Transportes del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes:

https://www.euskadi.eus/informacion/infraestructuras-ferroviarias/web01-a2garrai/es/

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de mayo de 2021.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.


Análisis documental