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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 117, miércoles 16 de junio de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
3422

RESOLUCIÓN 31/2021, de 10 de junio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por la que se autoriza la décima modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca - Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2025.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 1 de junio de 2021, el Acuerdo por la que se autoriza la décima modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca - Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2025, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por la que se autoriza la décima modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca - Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2025, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de junio de 2021.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 31/2021, DE 10 DE JUNIO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 1 DE JUNIO DE 2021, POR EL SE AUTORIZA LA DÉCIMA MODIFICACIÓN DE LA ENCOMIENDA A RED FERROVIARIA VASCA - EUSKAL TRENBIDE SAREA PARA LA REALIZACIÓN DE DETERMINADAS ACTIVIDADES EN RELACIÓN CON LA CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA RED FERROVIARIA EN EL PAÍS VASCO EN EL PERIODO 2011-2025

Corresponde a la Administración General del Estado la competencia exclusiva en materia de obras públicas de interés general y ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 149.1 21.º y 24.º de la Constitución.

La Comunidad Autónoma del País Vasco ostenta competencias exclusivas en obras públicas de interés comunitario, en ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de la Comunidad Autónoma, así como las de promoción, desarrollo económico y planificación de la actividad económica del País Vasco y las competencias de ordenación del territorio y urbanismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.25, 31, 32 y 33 del Estatuto de Autonomía.

Con fecha 24 de abril de 2006 se suscribió un convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para desarrollar las actuaciones precisas para la puesta en operatividad de la nueva red ferroviaria en el País Vasco («Y» Vasca), según las previsiones europeas. Con esta fecha los mismos suscribientes firmaron un convenio de colaboración para la encomienda a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco de determinadas actuaciones para la construcción de esta nueva red ferroviaria.

El Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 27 de junio de 2006, estimando una más eficaz consecución de los intereses públicos, encomendó al Ente Público Red Ferroviaria Vasca - Euskal Trenbide Sarea las actividades de redacción de los proyectos constructivos, dirección de la obra, las asistencias técnicas necesarias, mantenimiento de la oficina de gestión expropiatoria y colaboración en la gestión administrativa de los expedientes expropiatorios correspondientes al ramal guipuzcoano de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco («Y» Vasca) durante el periodo 2006-2010 y que fueron encomendadas por el Ministerio de Fomento y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en virtud del Convenio de Colaboración suscrito el 24 de abril de 2006. Las actividades de dicha encomienda finalizaron en diciembre de 2010.

Las obras de construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco tenían una finalización prevista para el año 2016.

Por tanto, para poder seguir trabajando en los términos fijados por el Convenio de Colaboración suscrito el 24 de abril de 2006, el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 12 de julio de 2011 encomendó a Red Ferroviaria Vasca - Euskal Trenbide Sarea la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2016, por un importe total de 141.810.000 euros.

De acuerdo a la ejecución de los diferentes tramos incluidos en las obras de construcción de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco, las anualidades inicialmente previstas en la encomienda aprobada el 12 de julio de 2011 se modificaron según Acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno de fechas 27 de diciembre de 2011, 30 de diciembre de 2013, 29 de julio de 2014, 30 de diciembre de 2014 y 12 de enero y 20 de septiembre de 2016.

Con fecha 27 de diciembre de 2017 se suscribió entre la Administración General del Estado, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las entidades públicas empresariales ADIF y ADIF-Alta Velocidad, la modificación del Convenio de 24 de abril de 2006 para la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco, así como la modificación del Convenio de 24 de abril de 2006 para la encomienda de determinadas actuaciones para la construcción de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco.

La modificación del Convenio de encomienda suscrito el 27 de diciembre de 2017 consistió en la actualización de la cláusula quinta del Convenio suscrito el 24 de abril de 2006 para la construcción de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco, incluyendo todas las incidencias contractuales aprobadas y previstas de los costes de ejecución del tramo que discurre entre Bergara y Lezo, en el que se considera incluido el tramo Astigarraga-Oiartzun-Lezo y el tramo que acomete la inserción en la ciudad de Donostia-San Sebastián en el que queda integrado la estación de la ciudad de Donostia-San Sebastián, al que se incorporan nuevas actuaciones para la construcción de la estación de Ezkio y del apeadero de Astigarraga, así como la ejecución de las nuevas actuaciones en el tramo Bergara-Lezo consistentes en la ejecución de nuevas salidas de emergencia en los túneles de dicho tramo y la realización de actuaciones adicionales para la estabilización de laderas y reposición por afecciones que se han producido en los manantiales existentes, incrementándose el coste estimado a 2.343,36 M€ (IVA incluido).

Todas estas modificaciones expuestas, recogidas en las modificaciones de los convenios de fecha 27 de diciembre de 2017, requirieron la séptima modificación de la encomienda acordada por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco a favor de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea que fue aprobada en fecha 6 de marzo de 2018. Con fechas 26 de diciembre de 2018 y 14 de abril de 2020, y a la vista de la evolución en la ejecución de los proyectos y obras de construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco, se autorizan la octava y novena modificación de la encomienda de referencia, estableciéndose en base a los conceptos y anualidades siguientes en relación a la redacción de proyectos, direcciones de obras y apoyo a dirección de proyectos y obras:

(Véase el .PDF)

Y en base a los conceptos y anualidades siguientes en relación a la ejecución de las obras:

(Véase el .PDF)

La evolución de los proyectos y obras de construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco, requiere una décima modificación de las anualidades previstas anteriormente, al objeto de amoldar la distribución presupuestaria acordada al grado de ejecución de los trabajos. Todo lo anteriormente expuesto en base a las indicaciones planteadas por el Ente Público Red Ferroviaria Vasca - Euskal Trenbide Sarea.

El artículo 11.1 g del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes las funciones correspondientes a ferrocarriles.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, y previa la correspondiente deliberación, en sesión celebrada el día 1 de junio de 2021, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente

ACUERDO

«Primero.– Modificar el punto 6.– Valoración y abono de los trabajos de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca - Euskal Trenbide Sarea aprobada el 12 de julio de 2011 y posteriormente modificada el 27 de diciembre de 2011, 30 de diciembre de 2013, 29 de julio de 2014, 30 de diciembre de 2014, 12 de enero y 20 de septiembre de 2016, 6 de marzo y 26 de diciembre de 2018 y 14 de abril de 2020, relativa a la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2025.

Segundo.– Las condiciones concretas en que se llevará a cabo la citada modificación de la encomienda son las que figuran como anexo al presente Acuerdo.

Tercero.– Publicar la presente modificación de la encomienda de gestión en el Boletín Oficial del País Vasco.»

ANEXO AL ACUERDO

6.– VALORACIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS REALIZADOS.

Los trabajos encomendados tienen una valoración de 128.296.192,56 euros, IVA incluido, en relación a la redacción de proyectos, direcciones de obras y apoyo a dirección de proyectos y obras, y una duración inicialmente prevista de Quince Años, en base a los conceptos y anualidades que se detallan en el cuadro anexo.

El abono de los trabajos objeto del presente encargo se efectuará mediante pagos mensuales, debiendo en cada caso justificar los trabajos realizados. Todos los pagos se realizarán previa presentación de la factura a conformidad de la Administración.

(Véase el .PDF)

Los trabajos encomendados en relación a la ejecución de las obras, tienen una valoración de 553.226.986,13 euros, IVA incluido, y una duración inicialmente prevista de ocho años, en base a los conceptos y anualidades que se detallan en el cuadro anexo.

El abono de los trabajos objeto del presente encargo se efectuará mediante pagos mensuales, debiendo en cada caso justificar los trabajos realizados. Todos los pagos se realizarán previa presentación de la factura a conformidad de la Administración.

(Véase el .PDF)

Los créditos de compromiso asociados a los trabajos encomendados, tanto para la redacción de proyectos, direcciones de obras y apoyo a dirección de proyectos y obras, como para la ejecución de las obras, se encuentran en los Presupuestos de Red Ferroviaria Vasca - Euskal Trenbide Sarea que, como Ente Público de Derecho Privado, se incorporan a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que son aprobados por Ley para cada ejercicio presupuestario.


Análisis documental