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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 108, jueves 3 de junio de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
3194

ORDEN de 20 de mayo de 2021, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Osasun Ikaskuntza Fundazioa – Fundación de Estudios Sanitarios, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

El 3 de marzo de 2021 tuvo entrada telemática, en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la modificación de estatutos de la fundación denominada Osasun Ikaskuntza Fundazioa – Fundación de Estudios Sanitarios, junto con escritura pública otorgada por la misma el 10 de diciembre de 2020, en Bilbao, ante el Notario don Miguel Llorente Gonzalvo (número de protocolo 2.123).

Que mediante la escritura referenciada se elevó a público el acuerdo adoptado el 20 de octubre de 2020 por unanimidad de las personas integrantes del patronato, para modificar los estatutos en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco. Y, ello, según resulta de certificación expedida por el Secretario del patronato, con el visto bueno del Presidente, que consta unida a la escritura.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, en el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y en el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y en el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

RESUELVO:

Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco, con la fecha de la presente Orden, la modificación de los estatutos de la fundación denominada Osasun Ikaskuntza Fundazioa – Fundación de Estudios Sanitarios de Bilbao (Bizkaia), en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 10 de diciembre de 2020, en Bilbao, ante el Notario don Miguel Llorente Gonzalvo (número de protocolo 2.123), para su adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de mayo de 2021.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental