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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 74, viernes 16 de abril de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
2202

RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2021, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Álava, por la que se concede autorización administrativa y se aprueba el proyecto correspondiente a la instalación de Red de distribución de Gas Natural: acometida a la nueva EDAR de Markijana, en el término municipal de Ayala (Álava) y se declara la utilidad pública de la misma.

N.º expediente: 01CGY 202000007.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 14 de diciembre de 2020 Nortegas Energía Distribución, S.A.U. solicitó la autorización administrativa, la aprobación del proyecto y la declaración en concreto de la utilidad pública para la instalación «Red de distribución de Gas Natural: acometida a la nueva EDAR de Markijana», en el término municipal de Ayala (Álava).

2.– A los efectos previstos en la Ley 34/1998 de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, se sometió el expediente al trámite de información pública, publicándose el anuncio en el tablón del Ayuntamiento de Ayala; en el BOTHA de fecha 17 de febrero de 2021; en el BOPV de fecha 18 de febrero de 2021 y en los periódicos «Diario Noticias de Álava» y «El Correo» de 4 de febrero de 2021.

3.– Con carácter simultáneo al trámite de información pública, el 18 de febrero de 2021 se remitió separata del proyecto al Ayuntamiento de Ayala, quien no ha presentado condicionado técnico en plazo. Además, se envió separatas a Diputación Foral de Álava-Servicio Carreteras y a URA-Agencia Vasca del Agua, el 18 de febrero de 2021, no habiendo presentado condicionado técnico en plazo.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural; el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y el Decreto 76/2020, de 9 de junio, de los procedimientos de autorizaciones administrativas relativas a las instalaciones de distribución y transporte de gases combustibles por canalización, establecen la exigencia de la autorización administrativa previa para la construcción de redes de distribución de gas.

2.– La Ley 34/1998, de 7 de octubre, declara de utilidad pública las instalaciones a las que se refiere el título IV de la Ley relativas al suministro de gases combustibles por canalización.

3.– La Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava es el órgano competente para la tramitación y resolución del presente expediente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Administración industrial de Álava

RESUELVE:

1.– Conceder a Nortegas Energía Distribución, S.A.U. autorización administrativa de la instalación «Red de distribución de Gas Natural: acometida a la nueva EDAR de Markijana», en el término municipal de Ayala (Álava), y aprobar el proyecto correspondiente.

2.– Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 105 de la citada Ley 34/1998, de 7 de octubre (BOE de 8-10-1998), la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de urgente ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 76/2020 y con las condiciones generales siguientes:

1.– La instalación que se autoriza habrá de realizarse de acuerdo con el proyecto denominado: «Proyecto constructivo Red de distribución de Gas Natural (MOP 5 Bar): acometida a la nueva EDAR Markijana» en el término municipal de Ayala, del que es autor el ingeniero técnico industrial Mario Chamorro Rebollo.

2.– La instalación deberá cumplir lo establecido en el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (Real Decreto 919/2000, de 28 de julio), así como las disposiciones y normas técnicas correspondientes.

3.– Para introducir modificaciones que afecten a los datos básicos contenidos en el proyecto aprobado, será necesario obtener la autorización correspondiente.

4.– El plazo de ejecución de la instalación que se autoriza será de 3 años a partir de la fecha de la autorización.

5.– Nortegas Energía Distribución, S.A.U., de acuerdo con lo previsto en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, constituirá en el plazo de 2 meses, una fianza de 785,06 euros, en garantía de cumplimiento de sus obligaciones.

6.– Los reconocimientos, ensayos y pruebas de carácter general o parcial que, según las disposiciones en vigor, hayan de realizarse en las instalaciones, deberán ser comunicados a la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava con la debida antelación.

7.– Una vez finalizadas las obras de instalación, deberá presentarse ante la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava los correspondientes Certificados de Dirección de Obra, actas de pruebas con los registros gráficos, así como los planos as-built.

8.– Nortegas Energía Distribución, S.A.U. dará cuenta de la terminación de las instalaciones a esta Delegación Territorial para su reconocimiento definitivo y el levantamiento del acta de puesta en marcha, sin cuyo requisito no podrá entrar en funcionamiento.

9.– La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener los mismos.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de marzo de 2021.

El Delegado Territorial de Administración Industrial de Álava,

JESÚS PASCUAL LORENTE.


Análisis documental