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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 51, viernes 13 de marzo de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
1548

DECRETO 37/2020, de 10 de marzo, por el que se reconoce de utilidad pública a la Asociación de apoyo a niños y niñas con enfermedad y a sus familias «Juneren Hegoak».

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

A su amparo, la Asociación de apoyo a niños y niñas con enfermedad y a sus familias «Juneren Hegoak», ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla, acompañando y orientando a las familias en situación de vulnerabilidad, que estén viviendo una experiencia de muerte y duelo de sus hijas o hijos, la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de Utilidad Pública.

La entidad Asociación de apoyo a niños y niñas con enfermedad y a sus familias «Juneren Hegoak», consta inscrita, con el número AS/G/17785/2013, en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, en virtud de Resolución de fecha 6 de septiembre de 2013 dictada por la Dirección de Registros Administrativos y de Régimen Local del Departamento de Justicia y Administración Pública.

El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones comprende, el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Desde su constitución, la Asociación de apoyo a niños y niñas con enfermedad y a sus familias «Juneren Hegoak» realiza todas las actividades precisas para la consecución de sus fines principales que son, generar una red de apoyo a familias que, en situación de vulnerabilidad, estén viviendo la experiencia de enfermedades, muerte o duelo de niñas y niños, mejorando su calidad de vida y logrando ser un punto de referencia, así como acercar esta realidad a la sociedad.

Todas ellas, son actividades ampliamente reconocidas por la sociedad como de interés general.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45-2 de la citada Ley 7/2007, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda en función de la materia. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno y de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 10 de marzo de 2020.

DISPONGO:

Artículo único.– Declarar de Utilidad Pública a Asociación de apoyo a niños y niñas con enfermedad y a sus familias «Juneren Hegoak», inscrita con el número de registro AS/G/17785/2013, en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades.

Así mismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 43 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 10 de marzo de 2020.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.

La Consejera de Empleo y Políticas Sociales,

BEATRIZ ARTOLAZABAL ALBENIZ.


Análisis documental