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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 16, viernes 24 de enero de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ÁLAVA
335

EDICTO dimanante del procedimiento 9/2019 seguido sobre cuenta de procurador.

Audiencia Provincial de Álava-Sección Primera – Unidad Procesal de Apoyo Directo.

Cuenta de Procurador: 9/2019 – A.

Procuradora: D.ª Maria de las Mercedes Marco Saenz de Ormijana.

Representada: Sierra Capital Management 2012, S.L.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido procedimiento se ha dictado el 20-11-2019 el Decreto n.º 555/2019, en la que la parte dispositiva es la siguiente:

Se acuerda el archivo definitivo de la presente pieza, debiendo instar la Procuradora D.ª Maria de las Mercedes Marco Saenz de Ormijana, si a su derecho conviniere, el despacho de ejecución frente a Sierra Capital Management 2012, S.L. ante el SCEJ, sirviendo esta resolución de título ejecutivo en reclamación de 832,59 euros.

Modo de impugnación: recurso de revisión ante este tribunal, mediante escrito presentado en la oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 454 bis de la LECn).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 454 bis de la LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Tribunal tiene abierta en el Banco Santander con el número 0008-0000-00-0009-19, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 01-Revisión. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo decreto y firmo. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Sierra Capital Management 2012, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de enero de 2020.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental