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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 13, martes 21 de enero de 2020


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
252

ORDEN de 27 de diciembre de 2019, de la Consejera de Educación, de modificación de la Orden de 14 de noviembre de 2019, por la que se convoca concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Advertido error de dicha índole en el texto de la Orden de 14 de noviembre de 2019 de la Consejera de Educación, por la que se convoca concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 225, de 26 de noviembre de 2019, se procede a su corrección:

En el Anexo III, parte II, página 2019/5474 (41/42), referida al «Análisis por escrito de un caso práctico sobre las técnicas adecuadas para la actuación de la Inspección de Educación», se ha de eliminar el siguiente apartado:

«– Debate: preguntas, aclaraciones.

– Exposición: concreción y corrección en las respuestas dadas a la pregunta/preguntas formulada/s por el tribunal. Elusión de paráfrasis.

– Argumentación: se aportan argumentos que complementan o amplían los expuestos en el desarrollo escrito.

– Expresión correcta: registro adecuado de la situación comunicativa.

– Capacidad de síntesis: elusión de paráfrasis»

En el Anexo III, parte III, página 2019/5474 (42/42), referida a la «exposición oral de un tema referido a la parte B del temario», se ha de incluir el siguiente apartado al final de la página, delante de la Nota:

«– Debate: preguntas, aclaraciones.

– Exposición: concreción y corrección en las respuestas dadas a la pregunta/preguntas formulada/s por el tribunal. Elusión de paráfrasis.

– Argumentación: se aportan argumentos que complementan o amplían los expuestos en el desarrollo escrito.

– Expresión correcta: registro adecuado de la situación comunicativa.

– Capacidad de síntesis: elusión de paráfrasis.»

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de diciembre de 2019.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental