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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 2, viernes 3 de enero de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
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DECRETO 202/2019, de 17 de diciembre, por el que se declara de interés social a la entidad Zabaltzen-Sartu Koop Elk de Trabajo Asociado e Iniciativa Social.

El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.

El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social.

A su amparo, la entidad Zabaltzen-Sartu Koop Elk de Trabajo Asociado e Iniciativa Social, ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social.

Tal y como informa la Dirección de Servicios Sociales, la entidad Zabaltzen-Sartu Koop Elk de Trabajo Asociado e Iniciativa Social surge de la transformación de la Asociación para la inserción social Zabaltzen como cooperativa. La Asociación para la inserción social Zabaltzen fue declarada de interés social por Decreto 130/2014, de 24 de junio y se ha procedido a certificar su renovación en 2015, 2016, 2017 y 2018.

La entidad Zabaltzen-Sartu Koop Elk de Trabajo Asociado e Iniciativa Social tiene por objeto la promoción y desarrollo de actividades y servicios encaminados a conseguir la plena inclusión social de personas y/o grupos en situación de dependencia, desprotección, discapacidad, pobreza y exclusión social, o en riesgo de estarlo, atendiendo de modo preferente a diversos colectivos entre los que se encuentran las víctimas de violencia de género, infancia y juventud, menores en situación de vulnerabilidad, menores no acompañados/as, mujeres, inmigrantes en situación administrativa regular e irregular o personas mayores válidas y no válidas. Para la consecución de dichos fines se llevarán a cabo distintas actividades, como servicios y acciones para la acogida, información, orientación, acompañamiento y capacitación personal y técnica de dichas personas y grupos, actividades, servicios y acciones específicas de inclusión social y formación e información de trabajadores y trabajadoras, en especial aquellos que se encuentran en riesgo de exclusión, actividades y servicios socioeducativos de inclusión social de alta exclusión (infancia y juventud, personas sin domicilio...) o actividades de intervención socioeducativa y psicosocial, entre otras.

Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad en esta Comunidad ininterrumpidamente desde 2008 hasta 2018 como Asociación. El ámbito territorial de la Cooperativa sigue siendo principalmente la Comunidad Autónoma Vasca.

De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera del Departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2019,

DISPONGO:

Artículo 1.– Declarar de interés social a la entidad Zabaltzen-Sartu Koop Elk de Trabajo Asociado e Iniciativa Social por considerar que contribuye al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el desarrollo de sus actividades de acción social.

Artículo 2.– Reconocer a la entidad Zabaltzen-Sartu Koop Elk de Trabajo Asociado e Iniciativa Social los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 17 de diciembre de 2019.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Empleo y Políticas Sociales,

BEATRIZ ARTOLAZABAL ALBENIZ.


Análisis documental