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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 222, jueves 21 de noviembre de 2019


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
5404

RESOLUCIÓN de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se deja sin efecto la bolsa de agentes interinos e interinas de policía local, para prestar servicios de forma temporal en dicho cuerpo.

En el BOPV n.º 129 de 9 de julio de 2019, ha sido publicada la Ley 7/2019, de 27 de junio de quinta modificación de la Ley de Policía del País Vasco.

En el artículo 118 del citado texto legal, se establece que la escala de inspección y la escala básica, quedan clasificada en el grupo C, subgrupo C1.

La nueva redacción de la Ley modifica el subgrupo de clasificación de la escala básica al que anteriormente correspondía el C2.

La selección de las personas integrantes de bolsa de agentes interinos, creada en el año 2014 y mantenida hasta la actualidad, se realizó en base a los requisitos de titulación requeridos en el subgrupo C2, por lo que dicha bolsa no se adecua a lo establecido en el vigente texto legal.

Por ello, y en virtud de las competencias conferidas por los artículos 8 del Decreto 96/2010, por el que se establece la estructura de la Academia de Policía del País Vasco; 23 y 26 de la Ley 15/2012, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi, y demás legislación vigente aplicable,

RESUELVO:

Primero.– Dejar sin efecto la bolsa de agentes interinos e interinas de la policía local, para prestar servicios de forma temporal en dicho cuerpo.

Segundo.– Dar por resueltos, por imperativo legal, todos los convenios de colaboración suscritos entre la Academia Vasca de Policía y Emergencias y diversos Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma Vasca para la creación de una bolsa de trabajo para agentes interinos e interinas pertenecientes a la escala básica de policía local.

Por parte del órgano gestor de la bolsa de trabajo se dará traslado de la presente Resolución a los Ayuntamientos afectados.

Tercero.– Publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, en el Tablón de Anuncios oficial de la Academia Vasca de Policía y Emergencias y en la página web de la misma.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien podrán impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación. En este último caso, deberán respetarse las reglas de competencia territorial de los Juzgados de lo contencioso-administrativo, contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En Arcaute, a 6 de noviembre de 2019.

La Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias,

MALENTXO ARRUABARRENA JULIÁN.


Análisis documental