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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 218, viernes 15 de noviembre de 2019


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
5277

ORDEN de 11 de octubre de 2019, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la Fundación «Venture Café Bilbao Fundación».

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la fundación «Venture Café Bilbao Fundación», sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 30 de agosto de 2019 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la fundación «Venture Café Bilbao Fundación», fundada por Timothy Dickinson Rowe y Travis Anthony Sheridan. A la solicitud se adjuntó la escritura pública de constitución.

Segundo.– La Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco ha emitido el 10 de octubre de 2019 informe favorable referente a la licitud e interés general de los fines fundacionales, así como a la viabilidad económica de la Fundación.

Tercero.– Los fines de la Fundación, según establece el artículo 3 de sus estatutos, son los siguientes:

«Los fines de interés general que persigue la Fundación en general es fortalecer el ecosistema y la comunidad de innovación en Bilbao. En particular, los objetivos de la Fundación serán los siguientes:

a) Realizar actividades de apoyo al desarrollo y el fortalecimiento del espíritu emprendedor y la innovación en Bilbao.

b) Implementar una programación dirigida a reunir a los miembros de los diferentes grupos enfocados a la innovación en Bilbao (por ejemplo, empresarios, corporaciones, inversores, universidades, organismos públicos, ONGs, etc).

c) Realizar actividades de investigación y formación para el desarrollo de la comunidad innovadora de Bilbao.

d) Realizar actividades encaminadas a la creación de potenciales negocios y/o colaboración en Bilbao.

e) Promoción del potencial de Bilbao como ciudad innovadora, de apoyo al espíritu emprendedor y a la innovación a nivel local, nacional y mundial.»

Cuarto.– Conforme dispone el artículo 4 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en la calle Joaquín Achucarro Arisqueta n.º 31 – 3.º B de Leioa (Bizkaia), desarrollando la Fundación principalmente sus actividades en Comunidad.

Quinto.– La entidad fundadora aporta 30.000 euros como dotación fundacional inicial. Se acredita su aportación en el expediente de inscripción registral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41.1 del Reglamento del Protectorado y Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 115/2019, de 23 de julio.

Sexto.– El Patronato inicial, conforme se establece en la escritura de constitución fundacional, está compuesto por los siguientes miembros, con vigencia indefinida en el cargo:

– Presidente/a: don Timothy Dickinson Rowe.

– Secretario/a: don Travis Anthony Sheridan.

– Vocal: don Markus Fernhout.

Todas las personas nombradas han aceptado sus cargos, mediante alguna de las formas previstas en el artículo 16.2 de la Ley 9/2016, de 9 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– Corresponde al Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de constitución, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de del Protectorado y Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 6.1.m) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Segundo.– El presente expediente ha sido promovido por persona legitimada para ello, y al mismo se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos señalados en los artículos 7 a 12 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, y 38 y 39 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la constitución de la Fundación a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistas las normas mencionadas y demás normas de general y pertinente aplicación.

RESUELVO:

Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco, con esta fecha y bajo el número de registro: F-450, la constitución de la «Venture Café Bilbao Fundación», de Leioa (Bizkaia), así como la composición inicial del Patronato, integrado por los miembros que figuran en el antecedente de hecho séptimo, quienes han aceptado expresamente sus cargos, en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 2 de agosto de 2019, ante el notario don Pablo de la Esperanza Rodriguez (n.º de protocolo: 3690).

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de octubre de 2019.

El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.


Análisis documental