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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 210, martes 5 de noviembre de 2019


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y VIVIENDA
5078

DECRETO 171/2019, de 29 de octubre, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el Proyecto de rotonda en la intersección de Basarte en la GI-631 (Azkoitia-Azpeitia) (1-I-39/2018), en Azkoitia y Azpeitia.

La Diputación Foral de Gipuzkoa, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del «Proyecto de rotonda en la intersección de Basarte en la GI-631 (Azkoitia-Azpeitia) (1-I-39/2018)», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.

Con fecha 21 de febrero de 2019, la Diputación Foral de Gipuzkoa acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de un mes, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 46, de 7 de marzo de 2019, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 11 de junio de 2019, la Diputación Foral de Gipuzkoa acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado dos alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

La intersección entre la GI-631 y el acceso al polígono industrial Basarte es en la actualidad una intersección en T con un corto carril central de espera y que permite elevada velocidad de paso en la GI-631.

La intersección soporta un elevado tráfico industrial y de vehículos pesados de acceso al polígono. Por otra parte, la existencia de diversos accesos a fincas y caseríos en el entorno de la intersección genera un tráfico de vehículos particulares con maniobras lentas de giro en las propias calzadas, incluso con invasión de carril contrario.

Además, el autobús de transporte público no dispone de sobreanchos por lo que realiza sus paradas ocupando parcialmente la calzada. Asimismo, el cruce de peatones se produce de manera precaria por la propia intersección, con dificultad de apreciar la procedencia, velocidad y trayectoria de los vehículos que se acercan.

Consecuencia de todo lo anterior se producen en el entorno de esta intersección situaciones de riesgo elevado, tanto de accidentes entre vehículos, por la retención de vehículos generada por la falta de capacidad del carril central de espera o por las maniobras con invasión del carril contrario de circulación, como de atropello de peatones por el cruce de estos por la intersección.

Con el fin de eliminar la caótica situación actual de la intersección se ha proyectado su trasformación de intersección tipo T a una rotonda circular, en la que se contempla la construcción de dársenas para las paradas de autobús y cruce de peatones.

Por ello, para eliminar cuanto antes el problema viario existente se considera necesaria la tramitación de las expropiaciones por el procedimiento de urgencia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al consejero o consejera competente en materia de ordenación del territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 29 de octubre de 2019,

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del «Proyecto de rotonda en la intersección de Basarte en la GI-631 (Azkoitia-Azpeitia) (1-I-39/2018)».

DISPOSICIÓN FINAL

Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 29 de octubre de 2019.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.


Análisis documental