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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 198, jueves 17 de octubre de 2019


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
DEPARTAMENTO DE SALUD
4797

DECRETO 157/2019, de 8 de octubre, por el que se reconoce de utilidad pública a la Asociación AHIDA, Asociación de personas con trastorno de déficit de atención e hiperactividad (TDAH), de Bizkaia.

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas de utilidad pública las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

A su amparo, la Asociación AHIDA, Asociación de Personas con Trastorno de Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) de Bizkaia, ha solicitado el mencionado reconocimiento, por entender que las actividades que desarrolla le hacen merecedora del reconocimiento como entidad de utilidad pública.

La Asociación AHIDA, Asociación de Personas con Trastorno de Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) de Bizkaia, fue inscrita en el Registro de Asociaciones del País Vasco el 3 de mayo de 1999, con el número de registro AS/B/07970/1999.

En virtud de lo previsto en el artículo 2 de sus estatutos, la Asociación tiene como objeto social la consecución de los siguientes fines:

«a) Defender los derechos y mejorar la calidad de vida de las personas con Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH).

b) Facilitar la integración de estas personas en la sociedad, ayudándolas a ser capaces de desenvolverse en ella por sí mismas.

c) Organizar y realizar todas aquellas actividades educativas, asistenciales, benéficas y de formación necesarias para garantizar la atención especializada que estas personas requieren.

d) Informar sobre la existencia de esta problemática a la sociedad en general como bien común dentro de la educación sanitaria.

e) Dar a conocer entre los responsables educativos la problemática de estas personas y orientar a los centros educativos para lograr una formación académica adecuada a sus características.

f) Detectar y prevenir las conductas antisociales que en múltiples ocasiones les lleva a incurrir en actos delictivos, así como en el abuso de drogas, alcohol, etc.

g) Fomentar el estudio del Trastorno de Déficit de Atención e Hiperactividad.

h) Buscar la colaboración de Centros sanitarios públicos y privados.

i) Organizar y participar en reuniones científicas y cursos entre cuyos objetivos se contemple el Trastorno de Déficit de Atención e Hiperactividad.

j) Solicitar la colaboración y cooperación de Organismos de la Administración Pública y de toda clase de entidades privadas, tanto naciones como extranjeras, en orden a la consecución de los fines de la Asociación.»

Se han cumplido los requisitos previstos en la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, el Decreto 145/2008, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Asociaciones del País Vasco y el Decreto 146/2008, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre las Asociaciones de Utilidad Pública y su Protectorado.

En virtud de lo previsto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, y el artículo 3.2.f) del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, se ha instruido el oportuno expediente, y se reconoce de utilidad pública a la asociación mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno y de las consejeras de Educación y de Salud, vista la documentación aportada, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 8 de octubre de 2019,

DISPONGO:

Artículo único.– Reconocer como entidad de utilidad pública a la Asociación AHIDA, Asociación de Personas con Trastorno de Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) de Bizkaia, inscrita con el número de registro AS/B/07970/1999 en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 8 de octubre de 2019.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.

La Consejera de Salud,

MIREN NEKANE MURGA EIZAGAECHEVARRIA.


Análisis documental