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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 188, jueves 3 de octubre de 2019


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE LO MERCANTIL N.º 1 DE DONOSTIA / SAN SEBASTIÁN
4502

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 783/2018 seguido sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia – Unidad Procesal de Apoyo Directo Mercantil.

Juicio: procedimiento ordinario 783/2018.

Demandante: Eugenio Cordoba Villareal.

Abogado: Cesar Levy Belendez-Aspe.

Procuradora: Adela Enriquez Ordoñez.

Demandado: Zubieta Garraioak S.L.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado el 02-04-2019 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

FALLO

Que estimando en lo esencial la demanda de juicio ordinario interpuesta por la Procuradora Sra. Enríquez Ordoñez, en nombre y representación de D. Eugenio Córdoba Villarreal, contra Zubieta Garraioak S.L, se la condena a abonarle la suma de 12.660,53 euros en concepto de principal, más los intereses legales y de demora incrementado en el porcentaje que reseña el artículo 7.2. de la Ley 3/2004 de Lucha Contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales y al pago de los costes que establece el artículo 8.1 de la citada Ley 3/2004 (40 euros).

Todo ello condenado a la parte demandada en las costas del procedimiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LEC).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Zubieta Garraioak S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días habiles.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Donostia / San Sebastián, a 16 de septiembre de 2019.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental