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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 169, viernes 6 de septiembre de 2019


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
4103

RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2019, del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, por la que se autoriza la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de niveles básico y cualificado, a los alumnos de los cursos números 652 a 657.

HECHOS

Primero.– Se han organizado los cursos que se relacionan a continuación:

– Curso n.º 652, impartido por IES Escuela Agraria de Derio: cursos de Paisajismo y Medio Rural, de Gestión Forestal, de Jardinería y floristería, y de Producción agroecológica, de nivel cualificado, que dan derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 653, impartido por IES Escuela Agraria de Derio: curso de Actividades auxiliares en agricultura, certificado de profesionalidad, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 654, impartido por IES Instituto Agrario de Arkaute: curso de Horticultura y Floricultura, certificado de profesionalidad, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 655, impartido por IES Instituto de Enseñanza Secundaria de Murgia: cursos de Gestión forestal y del medio natural, y de Aprovechamiento y conservación del medio natural, de nivel cualificado, que dan derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 656, impartido por Fraisoro Eskola: cursos de Gestión forestal y del medio natural, de Jardinería y floristería, y de Producción agropecuaria, de nivel cualificado, que dan derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 657, convalidación de título, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C, y cursos realizados en otras CCAA de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

Los seis cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico, y en la parte B, para el nivel cualificado, del Anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B y C, respectivamente.

Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.

Vistos los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el Anexo IV sobre las materias de formación; y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.

Segundo.– El artículo 17.1.b) del Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería.

RESUELVO:

Primero.– Ordenar la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola:

1.– De nivel cualificado, del curso 652, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo I a la presente Resolución.

2.– De nivel básico, del curso 653, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo II a la presente Resolución.

3.– De nivel cualificado, del curso 654, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo III a la presente Resolución.

4.– De nivel cualificado, del curso 655, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo IV a la presente Resolución.

5.– De nivel cualificado, del curso 656, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo V a la presente Resolución.

6.– De nivel cualificado y de nivel básico, del curso 657, a favor de las personas que figuran en las relaciones que se adjuntan como Anexo VI a la presente Resolución.

Segundo.– Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras en el plazo de un mes contado desde su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de agosto de 2019.

Por ausencia de la Directora de Agricultura y Ganadería, y de conformidad con la Disposición Adicional Primera del Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras.

El Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria,

BITTOR OROZ IZAGIRRE.

(Véase el .PDF)

Análisis documental