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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 41, miércoles 27 de febrero de 2019


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1061

ORDEN de 24 de enero de 2019, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se ratifica y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco el acuerdo de extinción y liquidación de la «Fundacion Tandem Fundazioa».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 15 de junio de 2018 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la extinción y liquidación de la «Fundacion Tandem Fundazioa». Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente habiéndose constatado que se han cumplimentado los trámites señalados previstos para la extinción y liquidación de la fundación. Así mismo, resulta acreditado que se ha dado el destino previsto para los bienes de la Fundación.

Segundo.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, artículo 6.1.m) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 40, 41 y 51.2 de la ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, artículo 46 del decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el reglamento del registro de fundaciones del País Vasco, y artículo 35 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco y estatutos de la Fundación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar el acuerdo de extinción y liquidación de la «Fundacion Tandem Fundazioa», de Donostia / San Sebastián (Gipuzkoa), y de destino del líquido resultante de la liquidación fundacional adoptado por el Patronato de la misma en la reunión celebrada el 16 de abril de 2018, formalizado mediante la escritura pública otorgada el 12 de junio de 2018, ante el Notario don José-Carlos Arnedo Ruiz (n.º de protocolo: 1041).

Segundo.– Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco del acuerdo de extinción y liquidación mencionado anteriormente, cancelándose sus asientos registrales y ordenando el cierre de su hoja registral.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de enero de 2019.

El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.


Análisis documental