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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 36, miércoles 20 de febrero de 2019


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Nombramientos, situaciones e incidencias

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
896

RESOLUCIÓN 99/2019, de 24 de enero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se hacen públicas las relaciones de personas admitidas y excluidas y se procede a la asignación definitiva de destinos convocados en el concurso de traslados del personal de Gestión y Servicios (excepto Técnico Superior Administración y Gestión, Técnico Superior Económico, Técnico Superior Jurídico y Técnico Superior Organización) con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Mediante Resolución 1403/2017, de 10 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convoca concurso de traslados del personal de gestión y servicios, publicándose en el BOPV n. º 227, de 28 de noviembre de 2017.

Mediante la Resolución 709/2018, de 1 de octubre, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud se hacen públicas las relaciones de personas admitidas y excluidas y se procede a la asignación provisional de destinos convocados en el concurso de traslados del personal de gestión y servicios con destino en las Organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

De conformidad con lo previsto en la base 5.2 de la Resolución 1403/2017, de 10 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, aprobada por el Tribunal y trasladada a esta Dirección General la relación definitiva de asignación de destinos de los puestos funcionales del personal de gestión y servicios (excepto Técnico Superior Administración y Gestión, Técnico Superior Económico, Técnico Superior Jurídico y Técnico Superior Organización), en uso de las facultades en materia de personal atribuidas en la legislación vigente,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la relación definitiva del personal admitido, por el orden de la puntuación total alcanzada, al concurso de traslados para la provisión de destinos de los puestos funcionales del personal de gestión y servicios (excepto Técnico Superior Administración y Gestión, Técnico Superior Económico, Técnico Superior Jurídico y Técnico Superior Organización) convocado por la Resolución 1403/2017, de 10 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, mediante el Anexo I que acompaña a la presente Resolución.

Por razones de economía procesal, no se ha efectuado la valoración de los méritos del concurso de las personas admitidas en puestos funcionales en los que no existe concurrencia competitiva.

Segundo.– Aprobar la relación definitiva del personal excluido del concurso de traslados para la provisión de destinos de los puestos funcionales del personal de gestión y servicios (excepto Técnico Superior Administración y Gestión, Técnico Superior Económico, Técnico Superior Jurídico y Técnico Superior Organización) convocado por la Resolución 1403/2017, de 10 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, con indicación de las causas de exclusión, mediante el Anexo II que acompaña a la presente Resolución.

Tercero.– Ordenar la publicación de la relación definitiva del personal adjudicatario de los destinos del correspondiente puesto funcional ofertados en el Anexo I de la Resolución 1403/2017, de 10 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud (excepto Técnico Superior Administración y Gestión, Técnico Superior Económico, Técnico Superior Jurídico y Técnico Superior Organización) por el orden de puntuación alcanzada excepto en los puestos funcionales en los que no existe concurrencia competitiva que se ha ordenado alfabéticamente, mediante el Anexo III que acompaña a la presente Resolución.

De conformidad con lo previsto en la base 5 de la Resolución 1403/2017, de 10 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, los destinos se asignan de acuerdo con la solicitud y por el orden de puntuación alcanzada, respetándose, en todo caso, el derecho preferente para obtener destino correspondiente a su mismo puesto funcional de las personas que participen que hayan estado sujetas a procesos de movilidad forzosa, cuya regulación específica así lo haya establecido, siempre que este concurso sea el primero que se haya convocado con posterioridad a la fecha de incorporación efectiva a su nuevo puesto de trabajo; no hayan hecho efectiva esta preferencia en un proceso de movilidad interna definitiva y así lo hayan alegado en el plazo de presentación de solicitudes.

Cuarto.– Quienes obtengan destino deberán cesar en el que, en su caso, vinieran desempeñando dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la resolución de asignación definitiva de destinos en el Boletín Oficial del País Vasco.

La toma de posesión que, con carácter general, supone la incorporación al destino adjudicado deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son de la misma localidad; en el plazo de cinco días, si son de distinta localidad dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y en el plazo de un mes, si supone cambio de Servicio de salud. En el caso de que la adjudicación suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de asignación definitiva de destinos en el Boletín Oficial del País Vasco.

La persona adjudicataria que, en el momento de la toma de posesión, se encuentre desempeñando un destino en régimen de comisión de servicios, promoción interna temporal o adscripción provisional en Osakidetza, dispondrá del plazo de toma de posesión previsto en el párrafo anterior, si bien para el cómputo del mismo deberá tenerse en cuenta el destino que ocupa, salvo que se le adjudique este último, en cuyo caso deberá efectuar la toma de posesión el día siguiente al de la publicación de la resolución de asignación definitiva de destinos en el BOPV en los supuestos de adscripción provisional o al del cese en los supuestos de comisión servicios y promoción interna temporal.

Quinto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Sexto.– Al amparo de lo establecido en la base 5.2 de la convocatoria, contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de enero de 2019.

El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

JUAN LUIS DIEGO CASALS.

(Véase el .PDF)

Análisis documental