Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 10, martes 15 de enero de 2019


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SALUD
206

RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2018, del Viceconsejero de Salud, por la que se resuelven las ayudas a organizaciones profesionales, asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el ámbito de la salud y entidades científicas de especialidades sanitarias sin ánimo de lucro, para su funcionamiento y organización de actividades de formación continua del personal 2018.

Por Orden de 23 de octubre de 2018, del Consejero de Salud, publicada en el BOPV de 12 de noviembre de 2018, se convocaban ayudas a organizaciones profesionales, asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el ámbito de la salud, y entidades científicas de especialidades sanitarias sin ánimo de lucro, para su funcionamiento y organización de actividades de formación continua del personal, por un importe de 79.409 euros.

El artículo 10 de dicha Orden establece que cada una de las modalidades convocadas será resuelta por el Viceconsejero de Salud a propuesta de la Comisión de Valoración, cuya composición se determina en el artículo 9.2 de esa misma Orden.

Evaluadas las solicitudes presentadas, y elevada la correspondiente propuesta por la Comisión de Valoración, de conformidad con la misma

RESUELVO:

Primero.– Conceder las ayudas a las entidades que se mencionan por cada modalidad y en las cuantías que se determinan en el Anexo I.

Segundo.– Denegar las solicitudes presentadas por las entidades relacionadas en el Anexo II, por los motivos allí expresados.

Tercero.– Archivar las solicitudes relacionadas en el Anexo III, por haber desistido de las mismas las entidades solicitantes, tratarse de solicitudes duplicadas o erróneamente presentadas.

Cuarto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante el Consejero de Salud en el plazo de un mes a partir de su publicación en el BOPV, de acuerdo con lo establecido en los artículos 21 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otra acción legal que estimen pertinente.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de diciembre de 2018.

El Viceconsejero de Salud,

IGNACIO JESÚS BERRAONDO ZABALEGUI.

ANEXO I
RELACIÓN DE AYUDAS CONCEDIDAS
(Véase el .PDF)
ANEXO II
RELACIÓN DE SOLICITUDES DENEGADAS
(Véase el .PDF)
ANEXO III
RELACIÓN DE SOLICITUDES ARCHIVADAS
(Véase el .PDF)

Análisis documental