Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 247, miércoles 26 de diciembre de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
6321

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución 113/2018, de 22 de junio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del modelo de convenio de colaboración a suscribir con los Ayuntamientos de las capitales de los Territorios Históricos para la cooperación de la Ertzaintza y la Policía Local (Udaltzaingoa).

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en el anexo a la Resolución 113/2018, de 22 de junio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del modelo de convenio de colaboración a suscribir con los Ayuntamientos de las capitales de los Territorios Históricos para la cooperación de la Ertzaintza y la Policía Local (Udaltzaingoa), publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 127, de 3 de julio de 2018, se procede a su corrección:

En el segundo párrafo de la cláusula decimonovena, en la página 2018/3441 (17/17),

donde dice:

«Sin perjuicio de las funciones encomendadas a la Comisión de Seguimiento, prevista en la cláusula decimosexta, las cuestiones litigiosas que surjan entre las partes durante el desarrollo y ejecución del presente convenio, se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa.»

debe decir:

«Sin perjuicio de las funciones encomendadas a la Comisión de Seguimiento, prevista en la cláusula decimoséptima, las cuestiones litigiosas que surjan entre las partes durante el desarrollo y ejecución del presente convenio, se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa.»


Análisis documental