N.º 243, miércoles 19 de diciembre de 2018
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y VIVIENDA
6220
ORDEN de 28 de noviembre de 2018, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se acuerda ampliar la delimitación del área degradada de los barrios San Inazio, San Martín, Arantzazu y San Jose, del municipio de Legazpi, añadiendo además de los edificios, el espacio urbano donde se ubican los mismos.
ANTECEDENTES
1.– Con fecha de 4 de enero de 2018, el Ayuntamiento de Legazpi remite al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda la solicitud para la declaración del área denominada Ampliación del Área Degradada al espacio urbano de los barrios de San Inazio, San Martín, Arantzazu y San Jose. La solicitud se acompaña de la delimitación de área, el Plan Especial, así como un estudio socio-urbanístico.
2.– La delimitación del ámbito de actuación de dicha Área, que se concreta en el plano adjunto a la presente Orden, se ha obtenido de la documentación obrante en el expediente, del plano de delimitación aportado por el Ayuntamiento, del Plan General del municipio y de la visita de inspección ocular realizada a la zona por personal técnico adscrito a este órgano.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1.– El Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo previsto en el Decreto 77/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y estructural del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda y el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado.
2.– Conforme señala la citada disposición adicional tercera del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, el Consejero del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales podrá conceder, mediante Orden dictada al efecto, previo informe de la Dirección de Suelo y Urbanismo, las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integradas a aquellas Áreas definidas en el artículo 9 del citado Decreto, cuya gestión y ejecución no precise la redacción de Plan Especial de Rehabilitación.
3.– Se cumplen en el presente supuesto el conjunto de las condiciones de degradación económico-social y urbanístico-arquitectónicas, establecidas en el citado artículo 9.2 del Decreto 317/2002, para considerar el espacio urbano que rodea los edificios de los barrios de San Inazio, San Martín, Arantzazu y San Jose de Legazpi como Área Degradada, de conformidad con el Informe emitido con fecha 25 de octubre de 2018 y que obra en el expediente.
RESUELVO:
Primero.– Autorizar la concesión de las ayudas financieras establecidas en el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, para las Áreas de Rehabilitación Integrada a las actuaciones de rehabilitación protegida que se realicen en el espacio urbano que rodea los edificios de los barrios de San Inazio, San Martín, Arantzazu y San Jose, de Legazpi.
Segundo.– Notificar el contenido de la presente Orden al Ayuntamiento de Legazpi y a la Diputación del Territorio Histórico correspondiente.
Tercero.– Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico correspondiente.
Cuarto.– Contra la presente Orden cabe interponer recurso de reposición ante el Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Orden, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de su publicación para general conocimiento.
En Vitoria-Gasteiz, a 28 de noviembre de 2018.
El Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda,
IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.