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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 241, lunes 17 de diciembre de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6 DE VITORIA-GASTEIZ
6151

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 86/2018 seguido sobre filiación.

Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: filiación 86/2018.

Demandante: Antoinette Sarr.

Abogado/a: Roberto Enrique Gutierrez Balmaseda.

Procurador/a: Ignacio Sanchiz Capdevila.

Demandado/a: Louis Mendy.

Sobre: filiación.

En el referido juicio se ha dictado el 23-11-2018 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

SENTENCIA N.º 242/2018

Juez que la dicta: Susana Diez Martinez de Lahidalga.

Lugar: Vitoria-Gasteiz.

Fecha: trece de noviembre de dos mil dieciocho.

Parte demandante: Antoinette Sarr.

Abogado/a: Roberto Enrique Gutierrez Balmaseda.

Procurador/a: Ignacio Sanchiz Capdevila.

Parte demandada: Louis Mendy.

Abogado/a.

Procurador/a.

Objeto del juicio: derecho de la persona.

FALLO

Estimo la demanda formulada por el Procurador Sr. Sanchiz Capdevilla, en nombre y representación de D.ª Antoinette Sarr frente a D. Louis Mendy y en su virtud, declaro que D. Louis Mendy es el padre biológico y matrimonial de XXXXX XXXXX XXXXX, con imposición de costas al demandado.

Firma que sea esta resolución líbrense los pertinentes despachos al Registro Civil, para su oportuna inscripción.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 0072 0000 36 0086 18, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Louis Mendy y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de noviembre de 2018.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental