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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 238, miércoles 12 de diciembre de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
6073

ORDEN de 19 de noviembre de 2018, de la Consejera de Educación, por la que se autoriza la ampliación de especialidades a la Escuela de Música Privada «Alboka» del municipio de Ermua (Bizkaia).

Examinada la solicitud presentada por la Escuela de Música Privada «Alboka» del municipio de Ermua (Bizkaia), de autorización para impartir la especialidad de «Guitarra Eléctrica».

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Visto el Decreto 289/1992, de 27 de octubre (BOPV de 4 de enero de 1993), por el que se rigen la creación y funcionamiento de los centros de enseñanza musical específica, no reglada, Escuelas de Música, en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y demás legislación aplicable en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza a partir del curso escolar 2018-2019, a impartir la especialidad de «Guitarra Eléctrica» al centro docente que se describe a continuación:

N.º de código: 48011548.

Denominación genérica: Escuela de Música Privada.

Denominación específica: «Alboka».

Titular: Asociación Kaltxango Musikal.

Domicilio: Goienkale, 2.

Municipio: Ermua.

Territorio Histórico: Bizkaia.

Se impartirán en este centro las siguientes enseñanzas:

– Niveles: 1, 2 y 3.

– Ramas:

• Canto Coral.

• Instrumental sinfónica: Violín, Violoncelo, Flauta, Clarinete, Saxofón, Trompeta, Percusión, Trombón y Contrabajo.

• Instrumental polifónica: Piano, Guitarra y Acordeón.

• Autóctona: Txistu y Trikitixa.

• Tendencias diversas: Piano, Bajo Eléctrico, Batería y Guitarra Eléctrica.

Artículo 2.– El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica del profesorado. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de noviembre de 2018.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental