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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 234, miércoles 5 de diciembre de 2018


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE BILBAO
5990

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 828/2016 seguido sobre culpa extracontractual.

Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Bilbao.

Juicio: juicio verbal 828/2016.

Yo, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 3 de Bilbao y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn),

DOY FE:

Que en el presente Juicio Verbal 828/2016 seguido en este Juzgado se ha dictado Sentencia con fecha 16-10-17 por la Ilma. Magistrado Juez de este Juzgado.

Al no haber sido localizado Kastre Obras y Reformas, S.L por la presente se le notifica la Sentencia, haciéndole saber que dicha resolución es apelable ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 4707-0000-03-0828-16, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

En Bilbao (Bizkaia), a 22 de marzo de 2018.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental