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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 234, miércoles 5 de diciembre de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
5984

RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2018, del Viceconsejero de Industria, por la que se hace pública la fecha en que se ha agotado el crédito presupuestario correspondiente a la convocatoria 2018, en el marco del Programa Indartu.

La Orden de 11 de junio de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, regula y convoca, para el ejercicio 2018, el programa de subvenciones a empresas que realicen inversión productiva, que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, para impulso de las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 20% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Indartu 2018.

El artículo 2 –Recursos Económicos–, dispone lo siguiente:

«1.– Los recursos económicos destinados a la finalidad establecida en el artículo 1 ascienden a la cantidad de 8.000.000,00 de euros, y procederán de los créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

2.– Si se agota el importe de crédito consignado para la concesión de las subvenciones, al objeto de dar publicidad a esta circunstancia, el Viceconsejero de Industria emitirá resolución administrativa en la que se señalará la fecha en que se ha producido el agotamiento, publicándose la misma en el Boletín Oficial del País Vasco, no admitiéndose solicitud alguna que se presente a partir en que se publique este hecho.

3.– Las solicitudes que estuvieran ya presentadas y en tramitación, y que no pudieran ser atendidas por agotamiento del límite de crédito especificado, serán denegadas por tal motivo, mediante resolución administrativa del Viceconsejero de Industria.

4.– La inversiones presentadas en este ejercicio que no hayan obtenido ayudas por excederse del límite económico establecido para el mismo, y que hayan sido denegados en la forma anteriormente prevista, se podrán imputar a los recursos del ejercicio siguiente, siempre que se realice la pertinente convocatoria y las citadas inversiones cumplan con los requisitos que se establezcan en la misma, excepto en los que se refiere al inicio de la inversión, que podrán haberlo hecho en el año de la primera solicitud, pero deberán presentar una nueva, si bien, a los efectos de prioridad se conservará la fecha de la primera denegada.»

Por lo expuesto, y habiéndose agotado, con fecha 20 de noviembre de 2018, los fondos destinados a la concesión de las ayudas, en forma de subvenciones no reintegrables, previstas en la Orden de 11 de junio de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regulaba y convocaba, para el ejercicio 2018, el programa de subvenciones a empresas que realicen inversión productiva, que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, para impulso de las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 20% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Indartu 2018, y en virtud de las facultades establecidas en el artículo 2 de la Orden de referencia,

RESUELVO:

Primero.– Hacer público que, con fecha 20 de noviembre de 2018, ha quedado agotado el crédito habilitado plurianualmente para el ejercicio 2018 y 2019 con destino a la concesión de ayudas, en forma de subvenciones no reintegrables, previstas en la Orden reguladora del Programa Indartu, que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, para impulso de las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 20% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Orden de 11 de junio de 2018.

Segundo.– Los proyectos de inversión presentados en el ejercicio 2018, y que no hayan obtenido ayudas por excederse del límite establecido para conceder durante este ejercicio presupuestario y que hayan sido denegadas en la forma prevista, se podrán imputar a los recursos del ejercicio siguiente, siempre que se realice la pertinente convocatoria y las citadas inversiones cumplan con los requisitos que se establezcan en la misma, excepto en los que se refiere al inicio de la inversión, que podrán haberlo hecho en el año 2018, pero deberán presentar una nueva, si bien, a los efectos de prioridad se conservará la fecha de la primera solicitud denegada.

Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de noviembre de 2018.

El Viceconsejero de Industria,

JAVIER ZARRAONANDIA ZULOAGA.


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