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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 231, viernes 30 de noviembre de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

ARARTEKO
5897

RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2018, del Ararteko, por la que se convoca un procedimiento para la selección de un técnico o una técnica de área, con carácter de personal eventual.

En conformidad con lo dispuesto en la normativa reguladora de la adscripción del personal al servicio de la institución del Ararteko (artículos 38 a 40 de la Ley 3/1985, de 27 de febrero, por la que se crea y regula la institución del Ararteko, artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento de la institución del Ararteko y demás normativa de aplicación), el Ararteko ha resuelto convocar un procedimiento para la selección de un técnico o una técnica de área, con carácter de personal eventual, con las retribuciones establecidas presupuestariamente para esta categoría.

La presente convocatoria se ajustará a las siguientes

BASES

Primera.– Puesto convocado.

El objeto de la convocatoria es la selección de un técnico o una técnica de área cuyo cometido funcional será, básicamente, colaborar en la elaboración de informes, estudios y recomendaciones sobre aquellas materias que afecten o se relacionen con las actividades propias de la Oficina de Asuntos Europeos e Internacionales del Ararteko (EIAD, por sus siglas en inglés), así como gestionar y asistir en la preparación de cualquier documentación requerida para cumplir con las funciones atribuidas a dicha oficina. La persona seleccionada deberá también prestar asistencia en la programación de las actividades necesarias para cumplir las distintas funciones encomendadas a esta oficina, y realizar las tareas de organización y participación en eventos programados en el marco de actividades de la Oficina de Asuntos Europeos e Internacionales del Ararteko (EIAD). En cualquier caso, su colaboración podrá hacerse extensiva a cualquiera de las áreas existentes en el Ararteko sobre cuestiones relacionadas con el Derecho internacional y el Derecho europeo, y sobre las funciones y el papel de las defensorías de derechos de las personas en la escena europea e internacional.

La especialización que requiere esta convocatoria exige que la persona seleccionada, además del dominio de los idiomas inglés y francés y un sólido conocimiento del ámbito de las relaciones internacionales y del Derecho europeo e internacional, en general, acredite también una experiencia y un especial conocimiento sobre la defensa de los derechos de las personas en la escena europea e internacional.

Segunda.– Requisitos.

Podrán tomar parte en la convocatoria todas aquellas personas interesadas que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes cuenten con el título universitario de licenciatura o de grado en derecho y acrediten una experiencia profesional de al menos un año en el desempeño de funciones de análoga naturaleza a las de la especialización dispuesta para el puesto que se convoca. Asimismo, deberán acreditar, como mínimo, un nivel C1 de conocimiento de inglés y un nivel B2 de francés.

Tercera.– Méritos.

Los méritos serán acreditados fehacientemente por las personas participantes. Con carácter general, serán tenidos en cuenta los siguientes:

1.– Titulaciones académicas especializadas en Derecho internacional.

2.– Trayectoria profesional en el ámbito público, ligada al desempeño de puestos de trabajo relacionados con las especificidades de la plaza, y, en especial, con la defensa de los derechos de las personas en la escena europea e internacional.

3.– Actividad profesional en otros ámbitos relacionados con alguna de las funciones especificadas.

4.– Cursos de formación relacionados con el ámbito de las relaciones y el Derecho internacional y/o europeo.

5.– Conocimiento de euskera.

6.– Conocimiento de otros idiomas oficiales de la Unión Europea.

La Comisión de Valoración establecerá los criterios de valoración de estos méritos.

Cuarta.– Solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria, conforme al modelo que figura como anexo a la presente Resolución, se presentarán en el registro del Ararteko (calle Prado n.º 9 de Vitoria-Gasteiz) o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

A la solicitud de participación se adjuntará:

1.– Fotocopia del DNI o, en su caso, número de identidad extranjero, pasaporte o documento equivalente.

2.– Fotocopia del título universitario habilitante para participar en el proceso.

3.– Documentación acreditativa de la experiencia, así como del conocimiento de los idiomas de inglés y francés exigidos en la base segunda.

4.– Currículum-memoria, donde se harán constar cuantas circunstancias y extremos se estimen oportunos, en especial los méritos aducidos.

Quinta.– Comisión de Valoración.

La Comisión de Valoración para el proceso de selección será nombrada por el Ararteko y estará compuesta de la siguiente forma:

Presidencia:

● La adjunta al ararteko.

Vocales:

● El secretario general.

● La técnica responsable de la Oficina de Asuntos Europeos e Internacionales del Ararteko (EIAD).

● Un representante de la Facultad de Derecho de la Universidad del País Vasco.

● Un representante de una institución internacional relacionada con los derechos humanos.

La Comisión designará entre sus miembros a una persona que hará las veces de secretario/a.

El ararteko designará, en su caso, a miembros suplentes de la Comisión, que sustituirán a los titulares en caso de renuncia justificada o de imposibilidad para el desempeño de la función.

La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la mayoría de sus miembros. La presidenta tendrá voto de calidad en caso de empate.

Sexta.– Procedimiento de selección.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Valoración resolverá sobre la admisión o exclusión de los solicitantes al procedimiento de selección. El acuerdo aprobatorio de la lista provisional de personas solicitantes admitidas y excluidas, así como todas las comunicaciones posteriores referentes al presente procedimiento se efectuarán mediante publicación en la página web del Ararteko (www.ararteko.eus).

En ellas se identificará a las personas interesadas únicamente mediante el número completo de su documento nacional de identidad, numero de identidad extranjero, pasaporte o documento equivalente.

Aprobada la lista definitiva de solicitantes, la Comisión de Valoración efectuará una primera selección valorando los méritos acreditados por cada una de las personas candidatas.

A continuación, podrá convocar a todas las personas candidatas, o a una selección de las mismas, para la celebración de entrevistas personales que permitan deducir de los conocimientos y de la experiencia profesional del candidato su aptitud para el desempeño de las funciones del puesto. En el transcurso de las entrevistas, si se considerara necesario, se podrá plantear a los solicitantes realizar alguna prueba práctica específica, en especial relativa al manejo de los idiomas requeridos.

Una vez valorados los méritos y efectuadas, en su caso, las entrevistas personales y pruebas referidas, la Comisión de Valoración efectuará una propuesta ordenada al ararteko de aquellas personas que considere más idóneas para ocupar la plaza convocada.

En el caso de que se estime que no existen candidatos que reúnan los requisitos idóneos, la Comisión de Valoración podrá proponer que la plaza sea declarada desierta.

Séptima.– Nombramiento.

El nombramiento de la persona seleccionada lo realizará libremente el ararteko, de entre aquellas propuestas por la Comisión de Valoración. La incorporación al puesto convocado habrá de efectuarse en el plazo de un mes, a contar desde el día en el que le sea notificada la resolución del Ararteko por la que se resuelva esta convocatoria.

La persona designada tendrá el carácter de personal eventual y su régimen será el establecido para el personal eventual del Parlamento Vasco en el Estatuto de Personal y Régimen Jurídico de la Administración Parlamentaria.

Octava.– Impugnaciones.

Las resoluciones de la Comisión de Valoración podrán ser impugnadas ante el Ararteko en el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de noviembre de 2018.

El Ararteko,

MANUEL LEZERTUA RODRÍGUEZ.

(Véase el .PDF)

Análisis documental