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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 218, martes 13 de noviembre de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y VIVIENDA
5562

RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2018, de la Viceconsejera de Administración y Planificación Territorial, por la que se resuelve y hace pública la concesión de subvenciones previstas en la Orden de 21 de junio de 2018, del Consejero de Medio ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la mejora de la información geográfica y realización de mapas municipales y su posterior difusión.

Con fecha 12 de julio 2018 fue publicada en el BOPV n.º 134 la Orden de 21 de junio de 2018, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la mejora de la información geográfica y realización de mapas municipales y su posterior difusión.

El plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 10 de septiembre de 2018 en virtud de lo establecido en el artículo 6.1 de la citada Orden. Han sido recibidas en dicho plazo un total de 26 solicitudes, de las cuales una persona solicitante ha desistido de su solicitud. Las solicitudes restantes son las siguientes:

1.– Ayuntamiento de Artea.

2.– Ayuntamiento de Astigarraga.

3.– Ayuntamiento de Berastegi.

4.– Ayuntamiento de Erandio.

5.– Ayuntamiento de Errenteria.

6.– Ayuntamiento de Etxebarri.

7.– Ayuntamiento de Ezkio (2 solicitudes).

8.– Ayuntamiento de Ibarra.

9.– Ayuntamiento de Iruña de Oca.

10.– Ayuntamiento de Itsaso.

11.– Ayuntamiento de Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz.

12.– Ayuntamiento de Mutriku.

13.– Ayuntamiento de Oñati.

14.– Ayuntamiento de Pasaia.

15.– Ayuntamiento de Plentzia.

16.– Ayuntamiento de San Sebastián.

17.– Ayuntamiento de Segura.

18.– Ayuntamiento de Soraluze.

19.– Ayuntamiento de Usurbil.

20.– Ayuntamiento de Valle de Trápaga.

21.– Ayuntamiento de Zeanuri.

22.– Ayuntamiento de Zestoa.

23.– Ayuntamiento de Zumaia.

24.– Ayuntamiento de Zumarraga.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.2 de la citada Orden de 21 de junio de 2018, reguladora de estas ayudas, con fechas 19 y 29 de octubre de 2018 se constituyó el correspondiente órgano de gestión con objeto de llevar a cabo el análisis y verificación de las solicitudes recibidas, quien tras ello elevó a esta Viceconsejería la correspondiente Propuesta de resolución, en la que se hace constar en su Anexo I la relación de las subvenciones que se propone conceder, con expresión de los ayuntamientos beneficiarios, el dato de población de los mismos (Eustat 2017), si han optado o no por la impresión del mapa en papel, así como el importe de la subvención propuesta. Así mismo se recoge en su Anexo II la relación de solicitudes que se propone denegar, incluyendo los motivos de dicha denegación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 21 de junio de 2018, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la mejora de la información geográfica y realización de mapas municipales y su posterior difusión, y a la vista de la Propuesta elevada por el órgano de gestión constituido al efecto,

RESUELVO:

Primero.– Conceder las subvenciones para la mejora de la información geográfica y realización de mapas municipales y su posterior difusión a los ayuntamientos beneficiarios relacionados en el Anexo I de la presente Resolución, que incluye además el dato de población de los mismos (Eustat 2017), si han optado o no por la impresión del mapa en papel, así como la cuantía de la subvención.

Segundo.– Denegar las solicitudes contenidas en el Anexo II en el que se incluyen los motivos de dicha denegación.

Tercero.– Los plazos máximos para el inicio y, en su caso, contratación de los trabajos objeto de la subvención y para su ejecución, son los establecidos en el artículo 11 de la Orden de 21 de junio de 2018.

Cuarto.– El pago de la subvención se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la precitada Orden.

Quinto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco a los efectos de su notificación a todos los solicitantes, de conformidad con lo señalado en el artículo 10 de la Orden de 21 de junio de 2018, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, y de dar cumplimiento al principio de publicidad que debe presidir todo procedimiento de concesión de subvenciones.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 31 de octubre de 2018.

La Viceconsejera de Administración y Planificación Territorial,

MARIA ARANZAZU LETURIONDO ARANZAMENDI.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Análisis documental