Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 214, miércoles 7 de noviembre de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
5480

RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2018, de la Directora de Tráfico, por la que se autoriza la instalación y uso de cinemómetros y dispositivos complementarios de captación y reproducción de imágenes para el control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico en un punto de la red viaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Los últimos informes sobre accidentalidad realizados muestran un repunte de los accidentes en determinados tramos de la red viaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco y concluyen que uno de los factores concurrentes en los mismos es el exceso de velocidad.

Una medida que se ha demostrado eficaz para disuadir a los conductores y las conductoras para que adecuen la velocidad a los límites específicos fijados para cada tramo de la red viaria es la instalación y uso de cinemómetros y dispositivos complementarios de captación y reproducción de imágenes para el control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico.

En el ramal de salida R2 hacia el aeropuerto de Loiu desde la carretera N-637 a la altura del punto kilométrico 18 se ha detectado un incremento en el número de accidentes.

Por las razones apuntadas, con la pretensión de reforzar la seguridad vial y mejorar la fluidez de la circulación, se ha considerado oportuno instalar un cinemómetro en el tramo de la red viaria señalado en esta resolución, dado que está comprobada la efectividad de los cinemómetros en la consecución de estos objetivo.

Por todo lo expuesto, en virtud de lo establecido en la Disposición Adicional Tercera del Decreto 168/1998, de 21 de julio, por el que se desarrolla el régimen de autorización y utilización de videocámaras por la Policía del País Vasco en lugares públicos regulado en la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, y en el ejercicio de las funciones que atribuye a la Dirección de Tráfico el artículo 17.3 de Decreto 87/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad,

RESUELVO:

Primero.– Autorizar la instalación y uso de cinemómetros y dispositivos complementarios de captación y reproducción de imágenes para el control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico en una cabina situada en la vía y punto kilométrico siguiente:

(Véase el .PDF)

Segundo.– Informar al público de la existencia del cinemómetro por medio de señales informativas adecuadas a tal fin en el tramo sometido a control de velocidad.

Tercero.– Las grabaciones que capten hechos que pudieran ser constitutivos de una infracción administrativa contra la normativa de seguridad vial se remitirán a los órganos competentes para tramitar y resolver los procedimientos sancionadores que correspondan. Si la grabación captara hechos que pudieran ser constitutivos de ilícito penal se remitirán dichas grabaciones a la autoridad judicial competente.

Cuarto.– Las grabaciones que capten hechos que pudieran ser constitutivos de una infracción administrativa contra la normativa de seguridad vial serán tratados por la Dirección de Tráfico e incorporados a la actividad de tratamiento «Sanciones», cuya finalidad es facilitar la tramitación de los expedientes administrativos sancionadores, finalidad basada en el interés público y en cumplimiento de la obligación legal recogida en Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Los datos serán conservados el tiempo establecido en el calendario de conservación de estos expedientes. Las personas interesadas podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante la Dirección de Tráfico, c/ Donostia-San Sebastián 1 01010 Vitoria-Gasteiz.

Quinto.– Notifíquese esta resolución a la Comisión de Videovigilancia y Libertades, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado cuarto de la Disposición Adicional Tercera del Decreto 168/1998, de 21 de julio, por el que se desarrolla el régimen de autorización y utilización de videocámaras por la policía del País Vasco en lugares públicos.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de octubre de 2018.

La Directora de Tráfico,

SONIA DÍAZ DE CORCUERA RUIZ DE OÑA.


Análisis documental