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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 139, jueves 19 de julio de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
3733

RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2018, del Delegado Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se autoriza la instalación, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara en concreto la Utilidad Pública de la línea eléctrica de alta tensión a 132 kV denominada Modificación del AP8 para la conexión de la Derivación a St Zubieta de la línea eléctrica Hernani-Azpeitia 1 y 2, en los términos municipales de Hernani y Urnieta.

Expediente.: RI 20-24072 / 20-AT-H-2017-34.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– En 9 de mayo de 2017, la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., solicitó la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, previa obtención de la declaración de impacto ambiental de la línea arriba referenciada, y adjuntó el proyecto de dicha ampliación acompañada del proyecto técnico correspondiente, firmado por el Ingeniero Industrial D. Iván Martín Cavia.

2.– Mediante Resolución de 15 de enero de 2018, del Director de Administración Ambiental, se formuló el informe de impacto ambiental para el proyecto de la línea eléctrica de alta tensión a 132 kV denominada Derivación a St Zubieta de la línea eléctrica Hernani-Azpeitia 1 y 2.

3.– A los efectos previstos en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV de 23-12-2002) por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión, y cierre de la instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, las líneas directas e instalaciones de conexión de consumidores, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOPV de 27-12-2013), y en el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC-LAT 01 a 09) aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero (BOPV de 18-03-2008), fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. en el BOPV en fecha 26-06-2017, en el BOG en fecha 15-06-2017 y en «El Diario Vasco» en fecha 13-06-2017.

4.– En 6 de junio de 2017, se remitió el anuncio a los Ayuntamientos de Hernani y Urnieta, a fin de que se procediese a la exposición del mismo en el Tablón de Edictos de dichos ayuntamientos.

5.– En 9 de junio de 2017, se remitieron separatas del proyecto técnico presentado al Ayuntamiento de Urnieta, así como a la Diputación Foral de Gipuzkoa (Dirección General de Cultura) y a Telefónica de España, SAU, solicitándoles conformidad u oposición a la solicitud y el establecimiento del condicionado técnico procedente, en su caso; solicitud que se reiteró al Ayuntamiento de Urnieta y a la Dirección General de Cultura de la Diputación Foral de Gipuzkoa. El Ayuntamientos de Urnieta no respondió a la petición anterior.

6.– La Dirección General de Cultura de la Diputación Foral de Gipuzkoa emitió informe favorable al proyecto; y la empresa Telefónica de España, S.A.U. manifestó su conformidad al proyecto presentado, imponiendo su condicionado.

7.– Habiendo dado traslado de los informes presentados a la empresa peticionaria Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., ésta contestó que aceptaba los condicionados de los mismos.

8.– Dentro del período de información pública establecido al efecto, no se presentó ninguna alegación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Ley de 16 de diciembre de 1954 de expropiación forzosa, en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre del Gobierno Vasco, en la Resolución de 8 de marzo de 2011 del Director de Energía, Minas y Administración Industrial por la que se establecen prescripciones específicas para el paso de líneas de alta tensión por zonas de arbolado, en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en relación con lo previsto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (BOPV de 27-03-1998,) y demás legislación concordante.

2.– El artículo 54 de la citada Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, declara la utilidad pública de las instalaciones de distribución de energía eléctrica a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, y el artículo 56 de la misma ley establece que tal declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los mismos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

3.– El Delegado Territorial de Gipuzkoa, por delegación del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, de conformidad con la Resolución de 16 de marzo de 2018 del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se delega en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras el ejercicio de la competencia sobre determinadas materias en el área de energía, administración de industria y seguridad industrial

RESUELVE:

1.– Autorizar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., la instalación y aprobar el proyecto de ejecución de la línea eléctrica a 132 kV, denominada Modificación del AP8 para la conexión de la Derivación a St Zubieta de la línea eléctrica Hernani-Azpeitia 1 y 2, en los términos municipales de Hernani y Urnieta, cuyas principales características son las siguientes:

Modificación de línea Hernani-Azpeitia 1 y 2:

● Tensión de servicio: 132 kV (d/c).

● Conductores: 6 LA 380 GULL.

● Fibra óptica: OPGW 16-80.

● Cable de tierra: ARLE 53.

● Apoyos: Celosía.

● Longitud: 291 m (existente).

● Inicio: Apoyo n.º 7.

● Final: Apoyo n.º 8.

2.– Declarar en concreto la utilidad pública de la línea eléctrica aérea a 132 kV, Modificación del AP8 para la conexión de la Derivación a ST Zubieta de la línea eléctrica Hernani-Azpeitia 1 y 2, en los términos municipales de Hernani y Urnieta, cuyas principales características se describen en el proyecto presentado.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV de 23-12-2002), y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto y el anexo de modificación aprobados, la documentación presentada y conforme a las condiciones establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental para este proyecto.

2.– El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir de la presente Resolución.

3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de este Departamento en Gipuzkoa, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

4.– La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Así mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

5.– En la ejecución de los trabajos deberán tenerse en cuenta las condiciones impuestas en la Declaración de Impacto Ambiental emitida por Resolución de 15 de enero de 2018, del Director de Administración Ambiental.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Industria en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

San Sebastián, a 19 de junio de 2018.

El Delegado Territorial de Gipuzkoa,

JOAKIN TELLERIA AGIRREZABALA.


Análisis documental