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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 123, miércoles 27 de junio de 2018


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE AZPEITIA
3329

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 116/2017.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Azpeitia.

Juicio: procedimiento ordinario 116/2017.

Demandante: Caixabank, S.A.

Abogado: Francisco Javier Fuldain Gonzalez.

Procurador: Tomas Salvador Palacios.

Demandado: Isaac Morales Arregui.

Sobre: juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado el 22-01-2018 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Caixabank, S.A. frente a don Isaac Morales Arregui.

– Declaro el vencimiento anticipado de la total obligación de pago del contrato de Préstamo Hipotecario y Fianza convenido por las partes mediante escritura autorizada con fecha 24 de octubre de 2007, por el Notario de Errentaria, D. José Manuel Domingo Serrano, bajo número 1288 de su protocolo, y

– Condeno al demandado a abonar al demandante la totalidad de las cantidades debidas a la actora por principal así como intereses ordinarios y moratorios devengados hasta la fecha de interposición de la demanda, que ascienden a la cantidad de ciento treinta y nueve mil trescientos treinta y dos euros con cien céntimos de euro (139.332,73), con aplicación de los intereses previstos en el artículo 1108 del cc y del interés del artículo 576 de la LEC.

– Asimismo, se ordena a los efectos de realización del derecho de hipoteca la venta en pública subasta del inmueble hipotecado, lo que se verificará en ejecución de sentencia de acuerdo con las reglas que resultan del Capítulo IV, Libro III de la LEC (artículos 681 y ss).

Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Isaac Morales Arregui y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Azpeitia (Gipuzkoa), a 9 de abril de 2018.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental