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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 74, miércoles 18 de abril de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
2045

RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2018, de la Directora de Agricultura y Ganadería, por la que se especifican y se dan a conocer las cuantías de las compensaciones por pérdida de renta correspondientes a las ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo para la campaña 2018 y para cada denominación de origen, dentro de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El Decreto 227/2014 de 9 de diciembre establece la normativa de desarrollo y aplicación de las medidas de apoyo comunitarias al sector vitivinícola de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En su Capítulo IV se regulan las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión del viñedo. Su artículo 32 establece una ayuda para compensar a las personas participantes en el plan de reestructuración y reconversión del viñedo por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del mismo, y que dicha compensación será del 25% del valor medio de la uva de las tres últimas campañas en la zona de vino de calidad del Territorio Histórico dónde se ubiquen las parcelas objeto de restructuración o reconversión.

Vistos los informes de la Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco elaborados a partir de datos proporcionados por las Diputaciones Forales o los Consejos Reguladores de las respectivas Denominaciones de Origen, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 32.3 del Decreto 227/2014 de 9 de diciembre, mediante la presente Resolución se especifican y se dan a conocer las cuantías de las compensaciones por pérdida de renta que se aplicará para la campaña 2018 para cada denominación de origen dentro de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Para la campaña 2018 y para cada una de las denominaciones de origen dentro de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las compensaciones por pérdida de renta correspondiente a las ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo tendrán las siguientes cuantías:

– DOC Rioja: 1.502,05 euros/ha.

– DO Arabako txakolina/Txakolí de Álava/Chacolí de Álava: 1.767,38 euros/ha.

– DO Getariako Txakolina/Txakoli de Getaria/Chacolí de Getaria: 2.475,85 euros/ha.

– DO Bizkaiko Txakolina/Txakoli de Bizkaia/Chacolí de Bizkaia: 3.035,00 euros/ha.

Segundo.– Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado desde su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de abril de 2018.

La Directora de Agricultura y Ganadería,

IKERNE ZULUAGA ZAMALLOA.


Análisis documental