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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 72, lunes 16 de abril de 2018


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DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y JUSTICIA
1996

ANUNCIO por el que se notifica la Resolución de 1 de marzo de 2018, dictada por la Directora de Trabajo y Seguridad Social, en el recurso número 18.0032.01.02.01.03 (01/2017/107).

Intentada sin efecto la notificación personal de la referida resolución, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El recurso señalado ha concluido mediante resolución de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se acuerda desestimar el recurso interpuesto por la empresa Restaurante Más y +, S.C. y, por lo tanto, confirmar la Resolución de 19 de enero de 2018, de la Delegación Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Álava del Departamento de Trabajo y Justicia, recaída en el expediente sancionador 01/2017/107, por la que se impone a la citada empresa la sanción de 626,00 euros, por la comisión de una infracción grave del artículo 7.5 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Se advierte a la empresa que la citada resolución pone fin a la vía administrativa y que podrá impugnarse ante el juzgado de lo social correspondiente en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación en el BOE del presente anuncio.

Igualmente, se le informa de que, con independencia de la impugnación o no de la resolución, deberá proceder al abono de la sanción impuesta a través de la pasarela de pagos del Gobierno Vasco, en la siguiente dirección de Internet: http://www.euskadi.net/mipago. La fecha límite de pago es el 11-05-2018 y los datos necesarios para proceder al pago son los siguientes:

– Código procedimiento recaudación (CPR): 9050794.

– Entidad emisora: 04833001-522.

– Referencia: 0117010700336.

– Identificación: 110518.

– Importe: 626,00 euros.

Si no lo hiciera así, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de la sanción, y se devengarán de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.

Lo que se hace público para el conocimiento de los interesados reseñados en el Anexo, a quienes debe servir de notificación.

La presente notificación surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Vitoria-Gasteiz, a 27 de marzo de 2018.

La Directora de Trabajo y Seguridad Social,

MARÍA ELENA PÉREZ BARREDO.

ANEXO
(Véase el .PDF)

Análisis documental