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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 70, jueves 12 de abril de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y JUSTICIA
1912

RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2018, del Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social, por la que se da publicidad a la modificación de la cuantía global máxima destinada durante el año 2017 para la financiación de las ayudas para la formación en la Economía Social y las ayudas dirigidas a la incorporación de personas socias a empresas de economía social.

Por una parte, la Orden de 27 de julio de 2017 por la que se establecen ayudas dirigidas a la formación en la Economía Social, en su artículo 3.1, hacía público el importe total de los créditos asignados para estas ayudas, siendo el siguiente:

– A los efectos del cumplimiento del objeto de esta Orden, se destinará un importe global máximo de cuatrocientos dos mil (402.000) euros, distribuidos mediante un crédito de pago para el ejercicio 2017 de doscientos cuarenta y un mil doscientos (241.200) euros, y un crédito de compromiso de ciento sesenta mil ochocientos (160.800) euros, correspondientes al ejercicio 2018.

De conformidad con el artículo 3.2 de la Orden subvencionadora mencionada, dicha cuantía global podría verse actualizada en el supuesto de que se aprobaran modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente. En el supuesto de que existieran dichas modificaciones, será preceptivo dar publicidad a dicha circunstancia mediante Resolución del Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social.

Con fecha 22-12-2017, finalizó el proceso de análisis de las solicitudes presentadas. Para la concesión de todas las ayudas que cumplían los requisitos se estimó que eran necesarios 15.567,50 euros más, 9.340,50 euros correspondientes al presupuesto ordinario del 2017 y 6.227,00 euros de crédito de compromiso para el presupuesto del 2018.

Previa realización de los trámites oportunos, dado que existía disponibilidad presupuestaria en los términos previstos en la Orden, y habiéndose certificado por la Oficina de Control Económico que existía crédito de pago y de compromiso adecuado y suficiente al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se procedió a ampliar los créditos presupuestarios en las magnitudes expresadas.

Y por otra parte, la Orden de 4 de julio de 2017, de la Consejera de Trabajo y Justicia, por la que se convocan y regulan ayudas para la incorporación de personas socias a empresas de economía social, en su artículo 2.1, hacía público el importe total de los créditos asignados para estas ayudas, siendo el siguiente:

1.– A los efectos del cumplimiento del objeto de esta Orden, se destinará un importe de doscientos cuarenta y ocho mil (248.000) euros, cuantía que podrá verse, en su caso, incrementada en el supuesto de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente. En el supuesto de que existan dichas modificaciones, se dará publicidad a esta circunstancia mediante Resolución del Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social.

Con fecha 14-12-2017, finalizó el proceso de análisis de las solicitudes presentadas. Para la concesión de todas las ayudas que cumplían los requisitos se estimó que eran necesarios 93.846,52 euros más.

Previa realización de los trámites oportunos, dado que existía disponibilidad presupuestaria en los términos previstos en la Orden, y habiéndose certificado por la Oficina de Control Económico que existía crédito de pago y de compromiso adecuado y suficiente al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se procedió a ampliar los créditos presupuestarios en las magnitudes expresadas.

En definitiva, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Dar publicidad a la modificación de la cuantía global máxima asignada para la financiación de las ayudas reguladas en el artículo 3.1 de la Orden de 27-07-2017 por la que se establecen las ayudas para la formación en la economía social, quedando establecida en 417.567,50 euros, distribuidos mediante un crédito de pago para el ejercicio 2017 de 250.540,50 euros y un crédito de compromiso para el ejercicio 2018 de 167.027,00 euros.

Segundo.– Dar publicidad a la modificación de la cuantía global máxima asignada para la financiación de las ayudas reguladas en el artículo 2.1 de la Orden de 04-07-2017 por la que se convocan y regulan ayudas para la incorporación de personas socias a empresas de economía social, quedando establecida en 341.846,52 euros.

Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco para general conocimiento.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.– Recursos.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Trabajo y Justicia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.– Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos desde su adopción.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de abril de 2018.

El Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social,

JUAN RAMÓN AZKUE MANTEROLA.


Análisis documental