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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 63, martes 3 de abril de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
1717

ORDEN de 13 de marzo de 2018, de la Consejera de Educación, por la que se resuelve el desdoblamiento de la planificación para los cursos escolares 2018-2019 / 2021-2022 del centro docente privado CPES Somorrostro BHIP de Muskiz (Bizkaia).

La Orden de 28 de septiembre de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, resuelve la renovación de los conciertos educativos y la suscripción de nuevos conciertos para los cursos escolares comprendidos entre 2016-2017 y 2021-2022, así como la determinación de las unidades a concertar para el curso escolar 2016-2017, para las enseñanzas de Ed. Infantil 2.º Ciclo, Ed. Primaria, ESO, Ed. Especial (aulas estables y Aprendizaje de Tareas), Bachillerato, Formación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio y Ciclos Formativos de Grado Superior.

La Orden de 12 de marzo de 2018, de la Consejera de Educación, resuelve la modificación de la planificación y suscripción de nuevos conciertos para los cursos escolares comprendidos entre el 2018-2019 y el 2021-2022.

Mediante la Orden de 6 de noviembre de 2017, de la Consejera de Educación, y la Orden de 13 de diciembre de 2017 de corrección de errores, se autoriza el desdoblamiento del Centro Privado de Educación Secundaria «Somorrostro» de Muskiz (Bizkaia), a partir del curso escolar 2018-2019, resultando de dicho desdoble el centro privado de Educación Secundaria «Somorrostro» con autorización para la impartición de Formación Profesional y el centro privado de Educación Secundaria «Centro de Formación Somorrostro» con autorización para la impartición de las enseñanzas de Educación Secundaria, Educación Especial Abierta y Bachillerato.

Por todo ello,

RESUELVO:

Artículo 1.– Aprobar el desdoblamiento de la planificación para los cursos escolares 2018-2019/ 2021-2022, tal y como se especifica en el Anexo I a esta Orden.

Artículo 2.– La presente Orden surtirá efectos a partir del curso escolar 2018-2019.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de marzo de 2018.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.

(Véase el .PDF)

Análisis documental