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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 43, jueves 1 de marzo de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1090

RESOLUCIÓN 46/2018, de 14 de febrero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y el Comité de familiares de detenidos desaparecidos de Honduras (Cofadeh) para el fortalecimiento institucional de Cofadeh para la defensa, la protección y la promoción de los derechos humanos en Honduras.

Habiéndose suscrito por la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y el Comité de familiares de detenidos desaparecidos de Honduras (Cofadeh) para el fortalecimiento institucional de Cofadeh para la defensa, la protección y la promoción de los derechos humanos en Honduras, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de febrero de 2018.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 46/2018, DE 14 DE FEBRERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO.
CONVENIO ENTRE LA AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO Y EL COMITÉ DE FAMILIARES DE DETENIDOS DESAPARECIDOS DE HONDURAS (COFADEH) PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE COFADEH PARA LA DEFENSA, LA PROTECCIÓN Y LA PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN HONDURAS.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de diciembre de 2017.

REUNIDOS:

D. Paul Ortega Etcheverry, Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo -de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2013, de 22 de enero-, que actúa en nombre y representación de la misma en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11.2 e) de la Ley 5/2008, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y el artículo 11.1 e) del Decreto 95/2010, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la citada Agencia.

Dña. Bertha Oliva Guifarro de Nativí, en calidad de Coordinadora General del Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Honduras (en adelante Cofadeh), con poder suficiente para actuar en nombre y representación del mismo

EXPONEN:

Primero.– La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo -que se inserta en el entramado de principios y estructuras establecidos en la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo- es, tal y como establece la normativa que la crea, el ente público de derecho privado encargado de elaborar la planificación de la política de cooperación para el desarrollo del Gobierno Vasco, así como de la coordinación, gestión y ejecución de la misma, en orden a luchar contra la pobreza y promover el desarrollo humano sostenible en los países empobrecidos. Además, en su Plan Director 2014-2017, se establece como prioridad sectorial los derechos universales, y como línea transversal, el enfoque de derechos humanos; y entre los países prioritarios de actuación se encuentra Honduras.

Segundo.– Cofadeh es una entidad de referencia en el país centroamericano por su especialización en la defensa de víctimas y personas defensoras de derechos humanos. Desde su constitución en 1982 por familiares de víctimas de desapariciones forzadas, ha desarrollado experiencia en el litigio estratégico ante amenazas materializadas, acciones preventivas, generación de redes y estrategias de incidencia, construcción de medidas y planes de seguridad y facilitación de procesos de asilo, entre otros.

Tercero.– En los últimos años, según reportes de entidades de derechos humanos, se ha recrudecido la situación de amenazas y hostigamientos que viven las personas defensoras de derechos humanos en Honduras. Ante ello, organizaciones vascas que acompañan procesos y proyectos de desarrollo en el país han venido mostrando su preocupación a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Para responder a esa realidad, en 2015 se suscribió un convenio entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y Cofadeh con el objetivo de acompañar a las organizaciones sociales y de derechos humanos de Honduras en la mejora de sus capacidades para hacer frente a su vulnerabilidad en el trabajo por la promoción, protección y defensa de los derechos humanos.

Cuarto.– Concluido ese convenio, y gracias a la interrelación que se ha mantenido con Cofadeh, se ha evidenciado un nuevo reto: el fortalecimiento institucional del propio Cofadeh. Según análisis de Cofadeh, a partir del golpe de Estado de 2009, por un lado, se han incrementado abruptamente el número de casos de violaciones a los derechos humanos y, por otro, se han ido disminuyendo las fuentes de financiación que posibilitan el trabajo. A esta situación general de país, en el caso de Cofadeh se suman algunas debilidades institucionales auto-diagnosticadas: ausencia de un proceso de planificación institucional, personal reducido y con grandes cargas de trabajo, y limitaciones en ciertas capacidades específicas, entre otros.

Así, este convenio busca fortalecer al Cofadeh para mejorar su capacidad de respuesta, atender oportunamente los casos que se reciben y hacer uso estratégico de toda la información que se está procesando día a día.

Teniendo en cuenta las precedentes consideraciones, ambas partes suscriben el presente convenio conforme a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera.– Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto la regulación de las relaciones entre las partes suscribientes - Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y Cofadeh- para la financiación de un proyecto que tiene como objetivo mejorar la sostenibilidad programática y financiera de Cofadeh para garantizar el funcionamiento estable de la organización, acorde a su apuesta política y a las necesidades estratégicas que surgen del cambio de contexto. Así, se contribuirá a la vigencia y respecto de los derechos humanos en Honduras.

Segunda.– Resultados del convenio.

Los resultados cuya consecución se pretende alcanzar con este convenio son los siguientes:

Resultado 1: actualización y definición del marco político-estratégico de Cofadeh, de acuerdo al contexto de cambio en Honduras.

Resultado 2: fortalecimiento de las capacidades de Cofadeh para ajustar todas sus actuaciones a ese marco político-estratégico.

Resultado 3: puesta en marcha de acciones directas de Cofadeh, en respuesta a ese marco político-estratégico.

2.– Las actividades para la consecución de los resultados anteriores, así como los indicadores para su medición, se detallan en la matriz de planificación que se anexa.

Tercera.– Periodo de ejecución de las actividades.

El periodo de ejecución de las actividades será de 18 meses, a contar desde el 1 de diciembre de 2017.

Cuarta.– Aportaciones presupuestarias de las partes suscribientes.

El coste previsto para la realización de lo señalado en las cláusulas precedentes asciende a la cantidad de trescientos cuarenta mil ciento once (340.111,00) euros, desglosado en el cuadro presupuestario que se anexa.

Cofadeh se encargará de la coordinación técnica de la ejecución y gestión del conjunto de las acciones estipuladas en las cláusulas anteriores, así como las contenidas en la matriz de planificación anexa.

La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo aportará la cantidad de trescientos cuarenta mil ciento once (340.111,00) euros. Este monto será abonado a Cofadeh de la siguiente manera:

– ciento veinticinco mil ochocientos veintitrés euros con sesenta y cuatro céntimos (125.823,64), tras la firma del convenio.

– ciento treinta y dos mil doscientos noventa y ocho euros con cuarenta y siete céntimos (132.298,47), previa justificación de un importe equivalente o superior al 30% de la subvención. A tal efecto, deberá remitirse a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el correspondiente informe técnico-financiero.

– ochenta y un mil novecientos ochenta y ocho euros con ochenta y nueve céntimos (81.988,89, previa justificación de un importe equivalente o superior al 60% de la subvención. A tal efecto, deberá remitirse a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el correspondiente informe técnico-financiero.

El 100% del proyecto deberá ser justificado en un plazo de seis meses a contar desde la fecha de finalización del convenio.

Dicha subvención prevista en el presente convenio es compatible con aquellas otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobre financiación. En caso de producirse ésta se reducirá el importe de la subvención hasta el límite máximo que corresponda.

Quinta.– Cuenta bancaria de utilización específica para la ejecución de las actividades económicas del convenio.

Cofadeh utilizará la cuenta bancaria n.º 1171173707 (Banco Davivienda Honduras, S.A.) como cuenta específica para la gestión de los fondos que, en ejecución del presente convenio, le sean transferidos por parte de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. La cantidad transferida desde la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en cada uno de los pagos será traspasada de inmediato a esta cuenta específica sin realizar ningún movimiento previo de fondos.

Sexta.– Propiedad de los bienes y propiedad intelectual.

1.– Los bienes adquiridos con la financiación prevista en este convenio serán propiedad de Cofadeh.

2.– La propiedad intelectual de los documentos y materiales desarrollados con la financiación de este convenio será de Cofadeh.

Séptima.– Comisión Mixta de Seguimiento.

1.– Al objeto de garantizar el seguimiento, la realización y la coordinación en el desarrollo de las actividades previstas en este convenio, se constituirá una comisión mixta de seguimiento, compuesta por:

Dos personas en representación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, a propuesta de la Dirección, una de las cuales ejercerá la presidencia de la Comisión, ejerciendo la otra la Secretaría de la misma.

Dos personas en representación de Cofadeh, nombradas por el órgano competente.

2.– Dicha Comisión se reunirá al menos una vez de manera ordinaria al final del primer año de ejecución y/o tras la presentación del 1.º informe técnico-financiero y una segunda vez con posterioridad a la finalización del mismo, tras la presentación del informe final.

3.– De manera extraordinaria, la Comisión Mixta de Seguimiento podrá reunirse cuando las personas que la componen lo estimen oportuno y, en su caso, sea solicitado por una de ellas.

4.– El régimen Jurídico de la Comisión de Seguimiento se ajustará a las normas sobre órganos colegiados contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Octava.– Causas de Resolución.

Son causas de resolución para las partes firmantes del presente convenio, el incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el mismo y cualesquiera otras que, derivadas de su naturaleza, sean recogidas por la legislación vigente.

Novena.– Modificaciones Sustanciales.

Cofadeh deberá remitir solicitud de autorización a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, previamente a la realización de toda modificación que implique cambios y prórrogas del proyecto. Éstas podrán ser analizadas en el marco de la Comisión Mixta de Seguimiento. Corresponde a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo aprobar las modificaciones propuestas.

Décima.– Duración y modificación del convenio.

1.– El convenio entrará en vigor a partir del día siguiente a su suscripción y se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2020.

2.– El convenio podrá terminarse por mutuo acuerdo de las partes.

3.– Asimismo, cualquiera de las partes podrá dar por finalizado el convenio de forma unilateral, mediando preaviso por escrito, que será comunicado a la otra parte, con una antelación de al menos tres meses.

4.– El convenio podrá prorrogarse por un máximo de cuatro años de mutuo acuerdo entre las partes, con una antelación de al menos un mes previo a la finalización del mismo.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.

La Coordinadora general del Cofadeh,

BERTHA OLIVA GUIFARRO DE NATIVÍ.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Análisis documental