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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 42, miércoles 28 de febrero de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1056

RESOLUCIÓN 48/2018, de 14 de febrero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la Fundación Wassu Uab y Wassu Gambia Kafo para la financiación de un programa que tiene como objeto fortalecer las capacidades de los actores de desarrollo desde el enfoque «mutilación genital femenina: ritual e identidad» en Casamance (Senegal).

Habiéndose suscrito por la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la Fundación Wassu Uab y Wassu Gambia Kafo para la financiación de un programa que tiene como objeto fortalecer las capacidades de los actores de desarrollo desde el enfoque «mutilación genital femenina: ritual e identidad» en Casamance (Senegal), que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de febrero de 2018.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 48/2018, DE 14 DE FEBRERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
CONVENIO ENTRE LA AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO, FUNDACIÓN WASSU UAB Y WASSU GAMBIA KAFO PARA LA FINANCIACIÓN DE UN PROGRAMA QUE TIENE COMO OBJETO FORTALECER LAS CAPACIDADES DE LOS ACTORES DE DESARROLLO DESDE EL ENFOQUE «MUTILACIÓN GENITAL FEMENINA: RITUAL E IDENTIDAD» EN CASAMANCE (SENEGAL)

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de diciembre de 2017.

REUNIDOS:

D. Paul Ortega Etcheverry, Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo -de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2013, de 22 de enero-, que actúa en nombre y representación de la misma en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11.2.e) de la Ley 5/2008, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y el artículo 11.1.e) del Decreto 95/2010, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la citada Agencia.

Dña. Adriana Rosa Kaplan Marcusán, en calidad de Directora, con poder suficiente para actuar en nombre y representación de Fundación Wassu UAB.

D. Momodu Lamin Touray, en calidad de Presidente del Consejo, con poder suficiente para actuar en nombre y representación de Wassu Gambia Kafo.

EXPONEN:

Primero.– La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo -que se inserta en el entramado de principios y estructuras establecidos en la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo- es, tal y como establece la normativa que la crea, el ente público de derecho privado encargado de elaborar la planificación de la política de cooperación para el desarrollo del Gobierno Vasco, así como de la coordinación, gestión y ejecución de la misma, en orden a luchar contra la pobreza y promover el desarrollo humano sostenible en los países empobrecidos.

El III Plan Director de Cooperación para el Desarrollo 2014-2017 hace una apuesta decidida por fortalecer el trabajo en el continente africano. En este sentido asume el compromiso de destinar para el año 2017 al menos el 25% de los fondos distribuibles a iniciativas que se desarrollen en África. Así mismo, se incluye Senegal como país prioritario.

Segundo.– La Fundación Wassu UAB es una organización científica de ámbito internacional, vinculada a la Universitat Autònoma de Barcelona, que actúa para la prevención de la mutilación genital femenina a través de la investigación antropológica y médica aplicada a la transferencia del conocimiento. Desarrolla una metodología de prevención de la MGF pionera, culturalmente respetuosa, innovadora y sostenible.

Tercero.– Wassu Gambia Kafo es una ONG gambiana, que desde 1999 promueve la cooperación al desarrollo entre Gambia y España en las áreas de la salud, la investigación y la educación. Wassu Gambia Kafo realiza acciones de investigación en coordinación con la Fundación Wassu UAB, así como transferencia del conocimiento para la atención y prevención de la mutilación genital femenina a autoridades gubernamentales, personas involucradas en el desarrollo de políticas públicas, profesionales y estudiantes del área de la salud, y comunidades.

Cuarto.– Según las últimas estimaciones de UNICEF (2016), más de 200 millones de mujeres en el mundo han sido sometidas a algún tipo de mutilación genital femenina y 3 millones de niñas se encuentran cada año en riesgo. El Gobierno senegalés adoptó en 1999 una enmienda al código penal que prohíbe la violación de «la integridad de los órganos genitales de una persona femenina». Existen, desde entonces, programas gubernamentales de apoyo al abandono de la mutilación genital femenina. Sin embargo, la región de Casamance presenta una alta prevalencia de la práctica con el 55,5% de las mujeres afectadas en Ziguinchor, el 84,8% en Kolda y el 86,3% en Sédhiou.

Teniendo en cuenta las precedentes consideraciones, ambas partes suscriben el presente convenio conforme a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera.– Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto generar conocimiento socio-antropológico sobre la práctica de la mutilación genital femenina en Casamance para promover estrategias de intervención educativas adecuadas.

Segunda.– Resultados del convenio.

1.– Los resultados cuya consecución se pretende alcanzar con este convenio son los siguientes:

Resultado 1. Aumentar el conocimiento sobre mutilación genital femenina en Casamance a través de la investigación aplicada.

Resultado 2. Divulgar los resultados de la investigación para promover estrategias de transferencia de conocimiento sobre mutilación genital femenina adaptadas a la realidad cultural de las comunidades practicantes.

2.– Las actividades para la consecución de los resultados anteriores, así como los indicadores para su medición, se detallan en la matriz de planificación que se anexa.

Tercera.– Periodo de ejecución de las actividades.

El periodo de ejecución de las actividades será de 24 meses, a contar desde la firma del presente convenio.

Cuarta.– Aportaciones presupuestarias de las partes suscribientes.

El coste previsto para la realización de lo señalado en las cláusulas precedentes asciende a la cantidad de ciento quince mil quinientos cincuenta y cuatro euros con cinco (115.554,05) céntimos, desglosado en el cuadro presupuestario que se anexa.

Fundación Wassu UAB se encargará de la coordinación técnica de la ejecución y gestión de las acciones estipuladas en las cláusulas anteriores, así como las contenidas en la matriz de planificación anexa, aportando una cantidad total de veintitrés mil quinientos cincuenta y cuatro euros con cinco (23.554,05) céntimos.

Wassu Gambia Kafo se encargará de las contrataciones y cuestiones logísticas vinculadas a la ejecución de actividades en el terreno, sin realizar aportación económica alguna.

La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo aportará la cantidad de noventa y dos mil (92.000) euros. Este monto será distribuido de la siguiente manera:

– Fundación Wassu UAB recibirá cuarenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y siete euros con sesenta y cuatro (49.467,64) céntimos de la subvención.

– Wassu Gambia Kafo recibirá cuarenta y dos mil quinientos treinta y dos euros con treinta y seis (42.532,36) céntimos de la subvención.

Este monto será abonado de la siguiente manera:

– El 40%, treinta y seis mil ochocientos (36.800,00) euros, tras la firma del convenio. Fundación Wassu UAB, gestionará treinta dos mil doscientos sesenta y ocho (32.268,00) euros. Wassu Gambia Kafo gestionará cuatro mil quinientos treinta y dos (4.532,00) euros.

– Un 40% adicional, treinta y seis mil ochocientos (36.800,00) euros, previa justificación de un importe equivalente o superior 32% de la subvención. A tal efecto, deberá remitirse a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el correspondiente informe técnico-financiero. Fundación Wassu UAB gestionará ocho mil cuatrocientos cincuenta y tres (8.453,00) euros. Wassu Gambia Kafo gestionará veintiocho mil trescientos cuarenta y siete (28.347,00) euros.

– El 20% restante, dieciocho mil cuatrocientos (18.400,00) euros, previa justificación de un importe equivalente o superior al 64% de la subvención. A tal efecto, deberá remitirse a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el correspondiente informe técnico-financiero. Fundación Wassu UAB gestionará ocho mil setecientos cuarenta y seis euros con sesenta y cuatro (8.746,64) céntimos. Wassu Gambia Kafo gestionará nueve mil seiscientos cincuenta y tres euros con treinta y seis (9.653,36) céntimos.

El 100% del proyecto deberá ser justificado en un plazo de seis meses a contar desde la fecha de finalización del convenio.

Dicha subvención prevista en el presente convenio es compatible con aquellas otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobre financiación. En caso de producirse ésta se reducirá el importe de la subvención hasta el límite máximo que corresponda.

Quinta.– Cuenta bancaria de utilización específica para la ejecución de las actividades económicas del convenio.

Fundación Wassu UAB utilizará la cuenta bancaria n.º ES9121 0004 2437 02 0025 9004 en euros para la gestión de los fondos que, en ejecución del presente convenio, le sean transferidos por parte de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Wassu Gambia Kafo utilizará la cuenta bancaria 11014903925701 en EUR para la gestión de los fondos que, en ejecución del presente convenio, le sean transferidos por parte de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Sexta.– Propiedad de los bienes y propiedad intelectual.

1.– Los bienes adquiridos con la financiación prevista en este convenio serán propiedad de Fundación Wassu UAB y de Wassu Gambia Kafo.

2.– La propiedad intelectual de los documentos y materiales desarrollados con la financiación de este convenio será de la Fundación Wassu UAB y de Wassu Gambia Kafo. Los resultados de la acción y de los informes y otros documentos vinculados a la misma serán devueltos a las personas beneficiarias. La Fundación Wassu UAB y Wassu Gambia Kafo otorgarán a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y a aquellos agentes de desarrollo que, previa solicitud quieran hacer uso de los mismos para acciones de investigación, formación y/o sensibilización, el derecho de utilizar los datos, informes y documentos derivados de la acción, respetando los derechos de propiedad intelectual preexistentes.

Séptima.– Comisión Mixta de Seguimiento.

1.– Al objeto de garantizar el seguimiento, la realización y la coordinación en el desarrollo de las actividades previstas en este convenio, se constituirá una comisión mixta de seguimiento, compuesta por:

Dos personas en representación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, a propuesta de la Dirección, una de las cuales ejercerá la presidencia de la Comisión, ejerciendo la otra la Secretaría de la misma.

Dos personas en representación de Fundación Wassu UAB y Wassu Gambia Kafo nombradas por el órgano competente.

2.– Dicha Comisión se reunirá al menos una vez de manera ordinaria al final del primer año de ejecución y/o tras la presentación del 1.º informe técnico-financiero y una segunda vez con posterioridad a la finalización del mismo, tras la presentación del informe final.

3.– De manera extraordinaria, la Comisión Mixta de Seguimiento podrá reunirse cuando las personas que la componen lo estimen oportuno y, en su caso, sea solicitado por una de ellas.

4.– El régimen Jurídico de la Comisión de Seguimiento se ajustará a las normas sobre órganos colegiados contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Octava.– Causas de Resolución.

Son causas de resolución para las partes firmantes del presente convenio, el incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el mismo y cualesquiera otras que, derivadas de su naturaleza, sean recogidas por la legislación vigente.

Novena.– Modificaciones Sustanciales.

Fundación Wassu UAB deberá remitir solicitud de autorización a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, previamente a la realización de toda modificación que implique cambios y prórrogas del proyecto. Éstas podrán ser analizadas en el marco de la Comisión Mixta de Seguimiento. Corresponde a la Agencia Vasca de del encabezamiento.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.

El Presidente del Consejo de Wassu Gambia Kafo,

MOMODU LAMIN TOURAY.

La Directora de Fundación Wassu UAB,

ADRIANA ROSA KAPLAN MARCUSÁN.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Análisis documental