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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 19, viernes 26 de enero de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y VIVIENDA
452

ORDEN de 17 de enero de 2018, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, de terminación del procedimiento de adjudicación de 53 viviendas de protección oficial en el barrio de Arangoiti, en el municipio de Bilbao.

HECHOS

1.– El 26 de febrero de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la Orden de 18 de febrero de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se iniciaba el procedimiento de adjudicación de 53 viviendas de protección oficial en el barrio de Arangoiti, en el municipio de Bilbao.

2.– El 18 de marzo de 2015 se publicaron los listados de admitidos y excluidos en el procedimiento de adjudicación de 53 viviendas de protección oficial en el barrio Arangoiti del municipio de Bilbao, en los Tablones de Anuncios del Servicio de Atención Ciudadana del Gobierno Vasco-Zuzenean y en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

3.– Con fecha de 5 de mayo de 2015 el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales emite Resolución que estimaba parcialmente el recurso interpuesto por Deurbe, S.L.P. contra el anuncio de licitación del Contrato «Redacción del proyecto de Ejecución y Dirección e inspección de 53 viviendas de protección oficial, anejos y urbanización vinculada en la parcela P2 de la UE 130.02, de Arangoiti, Bilbao lote 2», tramitado por Visesa, anulando los pliegos y cancelando la licitación.

4.– Por Resolución de 1 de junio de 2016 del Director de Servicios del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, se ordena el inicio del expediente de resolución del contrato de servicios; con fecha 21 de junio de 2016 Deurbe, S.L.P. presenta alegaciones a dicho expediente resolutorio. En noviembre de 2016 la Dirección de Vivienda emite su informe incluyendo en el mismo la valoración de la indemnización que le corresponde a Deurbe, S.L.P. por la resolución del contrato.

5.– En enero de 2017 Visesa renuncia al desarrollo del proyecto, su licitación, la calificación provisional de las viviendas de la promoción y renuncia también a la licencia de obra solicitada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.– Corresponde al Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda dictar esta Orden, en virtud de lo previsto en el artículo 4.1 del Decreto 77/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.

2.– El artículo 84.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispone que también produce la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso.

3.– Por su parte, el punto g) del artículo 35.1 de la misma Ley añade que serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho los actos que acuerden la terminación del procedimiento por la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas, así como los que acuerden el desistimiento por la Administración en procedimientos iniciados de oficio.

4.– En enero de 2017 Visesa renuncia al desarrollo del proyecto, su licitación, la calificación provisional de las viviendas y renuncia a la licencia de obra solicitada. Ello constituye una causa sobrevenida que imposibilita materialmente la continuación del procedimiento de adjudicación de las 53 viviendas de protección oficial del barrio Arangoiti, en el municipio de Bilbao. En consecuencia, produce la terminación del procedimiento iniciado en su día con tal objeto.

Por todo ello, vistos los preceptos citados y los de general aplicación,

RESUELVO:

Declarar la imposibilidad sobrevenida de continuar con el procedimiento de adjudicación de las 53 viviendas de protección oficial del barrio de Arangoiti en el municipio de Bilbao, y la consecuente terminación del mismo.

Contra la presente Orden puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Medio Ambiente, PlanificaciónTerritorial y Vivienda en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de enero de 2018.

El Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.


Análisis documental