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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 245, miércoles 27 de diciembre de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
6228

RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2017, de la Viceconsejera de Educación, por la que se hace pública la relación de centros concertados que permanecerán en el Programa Ulibarri, la de centros que se incorporarán el curso 2017-2018 y la asignación horaria que les corresponde y la de centros que han abandonado el programa.

En base a lo dispuesto en el Decreto 323/2003, que reguló el Programa Ulibarri de Normalización Lingüística, el Departamento de Educación publicó la Orden de 25 de abril de 2017 (BOPV de 27 de abril). En ella establece el límite de los recursos económicos de los que dispondrán los centros para el Programa Ulibarri en el curso 2017-2018, así como los requisitos para incorporase al Programa y permanecer en él.

La Comisión de Seguimiento descrita en el artículo 7 del Capítulo III del Decreto 323/2003, se reunió el 15 de junio de 2017. A la vista de la revisión de los centros docentes acogidos al Programa Ulibarri, se ha confirmado que los centros acogidos al plan están llevando a buen término el Proyecto de Normalización Lingüística de acuerdo con el plan cuatrienal elaborado el curso 2013-2014, y todos han manifestado su deseo de seguir en el programa, por lo que todos los centros que han solicitado permanecer en el Programa Ulibarri durante el curso 2017-2018 continuarán en él.

Por otro lado, el colegio La Milagrosa también ha solicitado la continuación en el programa pero a 12 de junio ha cancelado su solicitud porque el centro va a ser clausurado. Además, el colegio Nuestra señora del Carmen ha cursado la solicitud para entrar en el programa, pero la Comisión de Seguimiento ha deliberado que la documentación aportada no se corresponde a lo exigido en la convocatoria, por lo que aunque se le ha denegado al centro el acceso al programa, se le ha propuesto entrar al mismo como invitado para que durante el curso 2017-2018, mediante la ayuda del HNT del Berritzegune que le corresponda, realice el diagnóstico oportuno y el plan de cuatrianual de cara a poder incorporarse al programa en el curso 2018-2019.

Por lo tanto, en el próximo curso estarán en el Programa Ulibarri todos los centros de este curso anterior a excepción de La Milagrosa.

En consecuencia, con arreglo a la propuesta de la Comisión, en la presente Resolución se especifican los centros concertados que permanecen en los proyectos de normalización lingüística, los que se incorporan el curso 2017-2018, la dedicación horaria y, en consecuencia, la ayuda que se asignará a cada centro, y los centros que han abandonado el programa. En su virtud,

RESUELVO:

Artículo 1.– De acuerdo con la Orden de 25 de abril de 2017, aceptar el ingreso de los centros concertados cuya solicitud ha sido aprobada en esta convocatoria de Normalización Lingüística según consta en el Anexo I.

Artículo 2.– Publicar en el Anexo II la relación de centros que continuarán en el programa durante el curso 2017-2018.

Artículo 3.– Publicar en el Anexo III la relación de centros que abandonarán el programa el curso 2017-2018.

Artículo 4.– Después de hacer el prorrateo general entre los centros de nueva inclusión, el dinero restante se incrementará a la cantidad asignada para los centros de continuación en el Programa de Normalización Lingüística.

Artículo 5.– El Departamento de Educación podrá revisar la vigencia de la permanencia de los centros que siguen en el Programa, una vez examinada la trayectoria del centro hasta el 31 de diciembre de 2017. Todo ello de acuerdo con el Decreto que regula el funcionamiento y procedimiento de estos proyectos de Normalización Lingüística y con las disposiciones legales que lo desarrollan.

Artículo 6.– De acuerdo a lo establecido por el Decreto 323/2003, el pago se realizará en dos plazos, teniendo en cuenta las posibilidades presupuestarias de cada uno de ellos. Este curso, se pagará el 20% en el primer plazo, y el resto al final del curso tras la aprobación de la memoria.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el BOPV.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de diciembre de 2017.

La Viceconsejera de Educación,

MIREN MAITE ALONSO ARANA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental